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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 127 Lunes, 29 de junio de 2020 Pág. 25631

V. Administración de justicia

Tribunal Superior de Justicia de Galicia (Sala de lo Social)

EDICTO (RSU 4466/2019-CRS).

Tipo y número de recurso: RSU. Recurso de suplicación 4466/2019-CRS

Juzgado de origen/autos: SS Seguridad Social 374/2018. Juzgado de lo Social número 3 de Vigo

Recurrente: Rubén Gómez Pérez

Abogada: María José Vega Movilla

Recurridos: Instituto Nacional de la Seguridad Social, Tesorería General de la Seguridad Social, Gaypasa, S.L., Mutua Universal Mugenat

Abogados: letrado/a de la Seguridad Social, letrado de la Tesorería de la Seguridad Social, Carlota Peláez Sabell

Yo, María Asunción Barrio Calle, letrada de la Administración de justicia de la Sección número 1 de la Sala Segunda de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, hago saber que en el procedimiento de recurso de suplicación 4466/2019 de esta sección, seguido a instancia de Rubén Gómez Pérez sobre accidente de grado, se ha dictado la siguiente resolución:

«Fallamos que, desestimando el recurso de suplicación interpuesto por la representación procesal de Rubén Gómez Pérez contra la Sentencia de 22 de mayo de 2019, dictada por el Juzgado de lo Social número 3 de los de Vigo, en proceso promovido por el recurrente frente al Instituto Nacional de la Seguridad Social, la Mutua Universal-Mugenat, Gaypasa y la Tesorería General de la Seguridad Social, debemos confirmar y confirmamos la sentencia recurrida.

Modo de impugnación. Se hace saber a las partes que contra esta sentencia cabe interponer recurso de casación para unificación de doctrina que ha de prepararse mediante escrito presentado ante esta sala dentro del improrrogable plazo de diez días hábiles inmediatos siguientes a la fecha de notificación de la sentencia. Si el recurrente no tuviera la condición de trabajador o beneficiario del régimen público de la Seguridad Social, deberá efectuar:

– El depósito de 600 € en la cuenta de 16 dígitos de esta sala, abierta en el Banco de Santander (Banesto) con el número 1552 0000 35, seguida de cuatro dígitos correspondientes al número del recurso y dos dígitos del año del mismo.

– Asimismo, si hay cantidad de condena deberá consignarla en la misma cuenta, pero con el código 80 en vez del 35, o bien presentar aval bancario solidario en forma.

– Si el ingreso se hace mediante transferencia bancaria desde una cuenta abierta en cualquier entidad bancaria distinta, habrá que emitirla a la cuenta de veinte dígitos 0049 3569 92 0005001274 y hacer constar en el campo Observaciones o Concepto de la transferencia los 16 dígitos que corresponden al procedimiento (1552 0000 80 o 35 **** ++).

Una vez firme, expídase certificación para constancia en el rollo que se archivará en este tribunal incorporándose el original al correspondiente libro de sentencias, previa devolución de los autos al juzgado de lo social de procedencia.

Así, por esta nuestra sentencia, lo pronunciamos, mandamos y firmamos».

Para que sirva de notificación en legal forma a Gaypasa, S.L., en ignorado paradero, expido el presente edicto para su inserción en el Diario Oficial de Galicia.

Se le advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo en el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

A Coruña, 15 de junio de 2020

La letrada de la Administración de justicia