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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 127 Lunes, 29 de junio de 2020 Pág. 25629

V. Administración de justicia

Tribunal Superior de Justicia de Galicia (Sala de lo Social)

EDICTO (RSU 1169/2020-MDM).

Secretaria: Sra. Freire Corzo/MDM

Tipo y nº de recurso: RSU. Recurso de suplicación 1169/2020

Juzgado de origen/autos: DOI. Despido objetivo individual 668/2019. Juzgado de lo Social número 1 de Vigo

Recurrente: Iberpor Hogar, S.L.

Abogado: Miguel Ángel Estévez Rosende

Recurridos: Fogasa, María Cristina Meiriño García, Outlet Point, S.L.

Abogados: letrado/a de Fogasa, David Alonso Alonso

Edicto (RSU 1169/2020)

Yo, María Isabel Freire Corzo, letrada de la Administración de justicia de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de A Coruña, hago saber que en el procedimiento de recurso de suplicación 1169/2020 de esta sección, seguido a instancia de Iberpor Hogar, S.L. contra María Cristina Meiriño García, Outlet Point, S.L. y Fondo de Garantía Salarial, sobre despido disciplinario, se ha dictado la resolución cuya parte dispositiva es la siguiente:

«Fallamos:

Desestimando el recurso de suplicación interpuesto por la entidad mercantil Iberpor Hogar, S.L. contra la Sentencia de 18 de diciembre de 2019, del Juzgado de lo Social número 1 de Vigo, dictada en juicio seguido a instancia de María Cristina Meiriño García contra la recurrente y la entidad mercantil Outlet Point, S.L., con intervención del Fondo de Garantía Salarial, la Sala la confirma íntegramente y, en legal consecuencia, condenamos a la recurrente a la pérdida de depósitos, consignaciones y aseguramientos, y a las costas del recurso de suplicación.

Notifíquese la presente resolución a las partes y al Ministerio Fiscal.

Modo de impugnación. Se hace saber a las partes que contra esta sentencia cabe interponer recurso de casación para unificación de doctrina que ha de prepararse mediante escrito presentado ante esta sala dentro del improrrogable plazo de diez días hábiles inmediatos siguientes a la fecha de notificación de la sentencia. Si el recurrente no tuviera la condición de trabajador o beneficiario del régimen público de la Seguridad Social, deberá efectuar:

– El depósito de 600 € en la cuenta de 16 dígitos de esta sala, abierta en el Banco de Santander (Banesto) con el nº 1552 0000 37, seguida de cuatro dígitos correspondientes al número del recurso y dos dígitos del año del mismo.

– Asimismo, si hay cantidad de condena deberá consignarla en la misma cuenta, pero con el código 80 en vez del 37, o bien presentar aval bancario solidario en forma.

– Si el ingreso se hace mediante transferencia bancaria desde una cuenta abierta en cualquier entidad bancaria distinta, habrá que emitirla a la cuenta de veinte dígitos 0049 3569 92 0005001274 y hacer constar en el campo Observaciones o Concepto de la transferencia los 16 dígitos que corresponden al procedimiento (1552 0000 80 ó 37 **** ++).

Una vez firme, expídase certificación para constancia en el rollo que se archivará en este tribunal, incorporándose el original al correspondiente libro de sentencias, previa devolución de los autos al juzgado de lo social de procedencia.

Así, por esta nuestra sentencia, lo pronunciamos, mandamos y firmamos».

Para que sirva de notificación en legal forma a Outlet Point, S.L., en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el Diario Oficial de Galicia.

Se le advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo en el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

A Coruña, 12 de junio de 2020

La letrada de la Administración de justicia