BDNS (Identif.): 496793.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo se puede consultar en la Base de datos nacional de subvenciones (BDNS):
(http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index).
Primero. Beneficiarias
Podrán ser beneficiarias de estas ayudas las empresas que cumplan alguno de los siguientes requisitos:
a) Que el Reino Unido sea uno de sus cinco principales mercados intracomunitarios de exportación/importación.
b) Que exportasen/importasen al/del Reino Unido más de 100.000 € en los tres últimos ejercicios.
c) Que el Reino Unido suponga un mínimo del 10 % de su exportación/importación intracomunitaria total.
Además, deberán: a) estar constituidas como sociedad mercantil; b) tener algún centro de trabajo radicado en la Comunidad Autónoma de Galicia y c) estar al corriente en sus obligaciones con la Hacienda pública estatal, con la Comunidad Autónoma de Galicia y con la Seguridad Social.
Santiago de Compostela, 17 de junio de 2020
Zeltia Lado Lago
Gerente del Instituto Gallego de Promoción Económica