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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 31 Viernes, 14 de febrero de 2020 Pág. 10415

V. Administración de justicia

Juzgado de Primera Instancia número 2 de Santiago de Compostela

EDICTO (726/2018).

Yo, José Luis Pérez García, letrado de la Administración de justicia del Juzgado de Primera Instancia número 2 de Santiago de Compostela, por el presente anuncio:

En el presente procedimiento seguido a instancia de María Roibas Loureiro frente a Zurich España Cía. de Seguros y Reseguros, S.A. y a Laura Fandiño Barreiro se ha dictado sentencia, cuyo tenor literal es el siguiente:

«Sentencia número 158/2019

Juicio verbal número 726/2018

Magistrada jueza: María Jesús Sánchez Carbajales

Demandante: María Roibas Loureiro

Abogado: Sr. Ruiz Permuy

Procurador: Sr. Gómez Martín

Demandados: Laura Fandiño Barreiro y Zurich España Cía. de Seguros

Abogado: Sr. Fernández González

Procurador: Sr. Calviño Gómez

Objeto: reclamación de cantidad por daños personales derivados de hechos de la circulación.

En Santiago de Compostela a 28 de noviembre de 2019

Fallo

Estimo parcialmente la demanda interpuesta por María Roibas Loureiro contra Zurich Insurance PLC Sucursal en España (Zurich Seguros) y Laura Fandiño Barreiro y, en consecuencia, condeno a los demandados a abonar solidariamente a la demandante la suma de 3.637,86 euros, incrementada respecto de Zurich con los intereses del artículo 20 de la LCS devengados desde la fecha del accidente, 2.2.2018, hasta su completo pago a la demandante, e incrementados respecto de la codemandada Sra. Fandiño Barreiro con los intereses legales devengados desde la fecha de presentación de la demanda.

Todo ello sin imposición de costas, sino que cada parte abonará las propias y las comunes por mitades.

Notifíquese esta resolución a las partes con la indicación de que la misma no es firme y que contra ella podrá interponerse recurso de apelación ante la Sala de lo Civil de la Audiencia Provincial, recurso que habrá de presentarse en este juzgado en el plazo de veinte días desde su notificación.

Por exigirlo así la disposición adicional decimoquinta de la Ley orgánica 6/1985, de 1 de julio, del poder judicial, la interposición de recurso contra la anterior resolución exige la constitución de un depósito de 50 €. Están exceptuadas de la obligación de constituir el depósito las partes que tengan reconocido el derecho de asistencia jurídica gratuita.

Y encontrándose la demandada Laura Fandiño Barreiro, en paradero desconocido, se expide el presente a fin de que sirva de notificación en forma a la misma.

Santiago de Compostela, 4 de diciembre de 2019

El letrado de la Administración de justicia