Antecedentes:
A los efectos previstos en el artículo 21.1 de la Ley 8/2013, de 28 de junio, de carreteras de Galicia, se somete al trámite de información pública el proyecto constructivo: Mejora de la seguridad viaria en la PO-531. Actuaciones en los puntos kilométricos (p.k.) 8+850 y 9+400, de clave PO/18/101.06.
La carretera PO-531 (Pontevedra-Barro) se caracteriza por presentar una intensidad media diaria de tráfico muy alta y por atravesar y dar acceso a varios núcleos de población y algún polígono industrial-comercial, todo lo cual hace que se tengan continuas situaciones de cruce de vías y, por lo tanto, riesgo de accidente de tráfico y de inseguridad vial.
Se trata de mejorar la seguridad vial del tramo considerado mediante la reordenación del trazado actual habilitando en los lugares, ya preestablecidos en el estudio previo, de dos zonas para el cambio de sentido de tipo glorieta y paso inferior.
Está prevista también la ejecución de varios muros de escollera, varios tramos de aceras, dos paradas de autobús (p.k. 9+310 y 9+270), el refuerzo del firme en el tramo considerado, la renovación del drenaje longitudinal y la reposición y mejora del alumbrado público, de la señalización vial y de las barreras de seguridad.
Considerando todo lo expuesto y lo establecido en la normativa vigente,
RESUELVO:
Primero. De acuerdo con lo establecido en el artículo 21.1 de la Ley 8/2013, de 28 de junio, de carreteras de Galicia, y en el artículo 50 del Decreto 66/2016, de 26 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento general de carreteras de Galicia, el proyecto de construcción se somete al trámite de información pública, durante un período de treinta días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación de este anuncio en el Diario Oficial de Galicia, para que las personas que lo consideren oportuno puedan formular por escrito, ante la Agencia Gallega de Infraestructuras, las observaciones que crean convenientes relativas a la concepción global del trazado diseñado.
Segundo. Simultáneamente al trámite señalado en el párrafo anterior, y a los efectos previstos en el artículo 56.1 del Decreto de 26 de abril de 1957, por el que aprueba el Reglamento de expropiación forzosa, se somete a información pública la relación individual de bienes, derechos y propietarios afectados por la realización de la obra correspondiente, para que los afectados presenten cuantas alegaciones o rectificaciones consideren convenientes en cuanto a los bienes y derechos descritos en la relación anexa.
Tercero. La exposición al público, a los efectos de la presente resolución, se realiza en la Agencia Gallega de Infraestructuras (San Caetano, s/n, 15781 Santiago de Compostela), en el Servicio de Infraestructuras de Pontevedra (avda. M.ª Victoria Moreno, 43-1º, 36071 Pontevedra), en el Ayuntamiento de Barro (Santo Antoniño, 11, Perdecanai, 36194 Barro-Pontevedra).
Asimismo, en la página web de la Consellería de Infraestructuras y Movilidad:
(https://infraestruturasemobilidade.xunta.gal/organizacion/c/CIV_Axencia_Galega_de_Infraestruturas) se encuentra a disposición de los interesados el proyecto de construcción.
Santiago de Compostela, 2 de diciembre de 2019
Francisco Menéndez Iglesias
Director de la Agencia Gallega de Infraestructuras