Antecedentes:
A los efectos previstos en el artículo 21.1 de la Ley 8/2013, de 28 de junio, de carreteras de Galicia, se somete al trámite de información pública el documento Mejora de seguridad viaria (MSV) en la carretera PO-542, p.k. 4+840- 5+040, Pazos, de clave PO/19/054.06.
El objeto del proyecto, cuyo ámbito de actuación se desarrolla en el ayuntamiento de Pontevedra, es definir, justificar y valorar las obras necesarias para la mejora de la intersección actual en cruz de la carretera autonómica con las carreteras provinciales EP-0003 y EP-0004, en el p.k. 4+900 de la PO-542. Para ello se proyecta la ejecución de una glorieta con dos carriles, de ancho 4,00 m cada uno, 30 m de diámetro exterior (incluidos arcenes) y arcenes interior y exterior de 1,00 m, con la finalidad de:
• Mejorar la actual intersección en cruce.
• Reducir el número de giros a la izquierda del tramo comprendido entre los p.k. 4+700 al 5+600.
• Conseguir una disminución de la velocidad en el tramo de estudio.
• Reordenar el espacio público en el tramo comprendido entre los p.k. 4+840 y 5+040.
En el proyecto se tiene en cuenta también el itinerario peatonal y ciclista previsto en las inmediaciones de la glorieta proyectada (entre los p.k. 4+840 y 5+040), y que se recoge en el proyecto constructivo Fomento de la movilidad sostenible. Senda en la PO-542. Tramo: Pazos. p.k. 4+700-5+600, de clave PO/16/263.06, a la hora de coordinar las distintas actuaciones que se engloban en ambos proyectos.
Considerando todo lo expuesto y lo establecido en la normativa vigente,
RESUELVO:
Primero. De acuerdo con lo establecido en el artículo 21.1 de la Ley 8/2013, de 28 de junio, de carreteras de Galicia, y en el artículo 50 del Decreto 66/2016, de 26 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento general de carreteras de Galicia, este documento se somete al trámite de información pública durante un período de treinta días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación de este anuncio en el Diario Oficial de Galicia, para que las personas que lo consideren oportuno puedan formular por escrito, ante la Agencia Gallega de Infraestructuras, las observaciones que crean convenientes relativas a la concepción global del trazado diseñado.
Segundo. Simultáneamente al trámite señalado en el párrafo anterior, y a los efectos previstos en el artículo 56.1 del Decreto de 26 de abril de 1957, por el que aprueba el Reglamento de expropiación forzosa, se somete a información pública la relación individual de bienes, derechos y propietarios afectados por la realización de la obra correspondiente, para que los afectados presenten cuantas alegaciones o rectificaciones consideren convenientes en cuanto a los bienes y derechos descritos en la relación anexa.
Tercero. La exposición al público, a los efectos de la presente resolución, se realiza en la Agencia Gallega de Infraestructuras (San Caetano, s/n, 15781 Santiago de Compostela), en el Servicio de Infraestructuras de Pontevedra (avda. Mª Victoria Moreno, 43, 1º, 36071 Pontevedra), y en el Ayuntamiento de Pontevedra (Michelena, 36002 Pontevedra). Asimismo, en la página web de la Consellería de Infraestructuras y Movilidad :
(https://infraestruturasemobilidade.xunta.gal/organizacion/c/CIV_Axencia_Galega_de_Infraestruturas), se encuentra a disposición de los interesados el documento de separata del proyecto de construcción.
Santiago de Compostela, 28 de noviembre de 2019
Francisco Menéndez Iglesias
Director de la Agencia Gallega de Infraestructuras