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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 232 Jueves, 5 de diciembre de 2019 Pág. 52017

V. Administración de justicia

Juzgado de lo Social número 2 de A Coruña

EDICTO (DSP 874/2018).

Yo, Paloma Recalde Álvarez, letrada de la Administración de justicia del Juzgado de lo Social número 2 de A Coruña, hago saber que en el procedimiento de despido/ceses en general 874/2018 de este juzgado de lo social, seguido a instancia de Daniel Torres Varela, sobre despido, se ha dictado la siguiente resolución, cuyo fallo es el siguiente:

Fallo que, estimando en parte la demanda interpuesta por Daniel Torres Varela contra las empresas Pinegal Ecoforest, S.L. e Invernos Galicia, S.L., se declara improcedente el despido del que ha sido objeto por parte de Pinegal Ecoforest, S.L. el 9.10.2018, y se declara también extinguida la relación laboral con fecha de esta sentencia, condenándola a indemnizarle por la extinción con la cantidad –s. e. u o.- de cuatro mil seiscientos cincuenta y nueve euros y cinco céntimos (4.659,05 €).

Asimismo, se absuelve a la empresa Invernos Galicia, S.L., de todas las pretensiones deducidas en su contra.

Se absuelve también al Fondo de Garantía Salarial, sin perjuicio de su responsabilidad subsidiaria en los casos previstos en el artículo 33 del Estatuto de los trabajadores.

Notifíquese esta resolución a las partes, haciéndoles saber que la misma no es firme, y frente a ella cabe formular recurso de suplicación ante el Tribunal Superior de Justicia, que deberá ser anunciado por comparecencia, o mediante escrito presentado en la oficina judicial dentro de los cinco días siguientes a la notificación de esta sentencia, o por simple manifestación en el momento en que se le practique la notificación.

Adviértase, igualmente, al recurrente que no fuera trabajador o beneficiario del régimen público de Seguridad Social, o causahabiente suyos, o no tenga reconocido el beneficio de justicia gratuita, que deberá depositar la cantidad de 300 euros en la cuenta abierta en el Banco Santader a nombre de esta oficina judicial.

En todo caso, el recurrente deberá designar letrado o graduado social para la tramitación del recurso, al momento de anunciarlo.

Así por esta sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que sirva de notificación en legal forma a Invernos Galicia, S.L., en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el Diario Oficial de Galicia.

A Coruña, 13 de noviembre de 2019

La letrada de la Administración de justicia