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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 229 Lunes, 2 de diciembre de 2019 Pág. 51464

V. Administración de justicia

Juzgado de Primera Instancia número 2 de Pontevedra

EDICTO (228/2018).

Yo, Patricia Raposo Fernández, letrada de la Administración de justicia del Juzgado de Primera Instancia número 2 de Pontevedra, por el presente anuncio:

En el presente procedimiento seguido a instancia de Viajes Fisterra, S.L.U. frente a Turísticas Muñoz Pérez, S.L., Tomás Muñoz Cabaluig se ha dictado sentencia, cuyo tenor literal es el siguiente:

«Que estimo la demanda presentada por la procuradora Sra. Tomás Abal, en nombre y representación de Viajes Fisterra, S.L.U., contra Tomás Muñoz Calabuig y Turísticas Muñoz Pérez, S.L. y, en consecuencia:

1. Declaro la resolución del contrato de reserva de habitaciones de hotel para grupos, de 7 de septiembre de 2016.

2. Condeno a Tomás Muñoz Calabuig y Turísticas Muñoz Pérez, S.L. a abonar solidariamente a Viajes Fisterra, S.L.U. la cantidad de 12.000 euros en concepto de restitución de prestaciones, más los intereses legales de esa cantidad desde el 21 de marzo de 2018 hasta la fecha de esta resolución, y desde esta los intereses de la demora procesal del artículo 576 de la LEC.

3. Se imponen las costas procesales a Tomás Muñoz Calabuig y Turísticas Muñoz Pérez, S.L.

Notifíquese esta resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la presente resolución cabe recurso de apelación ante este juzgado en el plazo de 20 días».

Y encontrándose dicho demandado, Turísticas Muñoz Pérez, S.L., Tomás Muñoz Cabaluig, en paradero desconocido, se expide el presente edicto a fin de que sirva de notificación en forma al mismo.

Pontevedra, 8 de noviembre de 2019

La letrada de la Administración de justicia