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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 215 Martes, 12 de noviembre de 2019 Pág. 48568

V. Administración de justicia

Juzgado de lo Social número 4 de A Coruña

EDICTO (DSP 881/2018-MA).

Rosana Corral García, letrada de la Administración de justicia del Juzgado de lo Social número 4 de A Coruña, doy fe y certifico que en este juzgado se siguen autos número 881/2018 a instancia de María Rodiño García contra Step Consulting & Advisors, S.L., la administración concursal y el Fogasa, sobre despido, en los que recayó sentencia el 15 de octubre de 2019 que, copiada en los particulares necesarios, dice así:

Fallo:

Se estima parcialmente la demanda formulada por María Rodiño García frente a la empresa Step Consulting & Advisor, S.L. y su administración concursal, con intervención del Fondo de Garantía Salarial y, en consecuencia:

– Se declara improcedente el despido de María Rodiño García realizado por la empresa Step Consulting & Advisor, S.L.

– Se declara extinguida la relación laboral.

– Se condena a Step Consulting & Advisor, S.L. a abonar a María Rodiño García la cantidad de dos mil seiscientos sesenta y cuatro euros con veintiocho céntimos de euro (2.664,28 euros) en concepto de indemnización, debiendo responder de tales cantidades la administración concursal.

Notifíquese la presente resolución a las partes.

Contra esta resolución cabe recurso de suplicación ante el Tribunal Superior de Justicia de Galicia, el cual deberá anunciarse en este juzgado en el plazo de los cinco días siguientes a la notificación de esta resolución, bastando la manifestación de la parte o de su abogado, graduado social o representante dentro del indicado plazo.

Si el recurrente no goza del beneficio de justicia gratuita deberá, al tiempo de anunciar el recurso, haber consignado la cantidad objeto de condena, así como el depósito de 300 euros, en la cuenta de depósitos y consignaciones que tiene abierta este juzgado, haciendo constar en el ingreso el número de procedimiento.

Así lo acuerda, manda y firma, Nicolás E. Pita Lloveres, magistrado del Juzgado de lo Social número 4 de A Coruña.

Notifíquese esta resolución a las partes y hágaseles saber que contra la misma cabe recurso de suplicación, que se anunciará dentro de los cinco días siguientes a la notificación de la sentencia, ante este juzgado, de lo que conocerá, en su caso, la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, tal como establecen los artículos 188 y siguientes del texto refundido de la Ley de procedimiento laboral, aprobado por el Real decreto legislativo 2/1995, de 7 de abril.

Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgando en primera instancia, lo pronuncio, mando y firmo.

Para que conste, a efectos de su publicación en el Diario Oficial de Galicia, a fin de que sirva de notificación en forma a la empresa Step Consulting & Advisors S.L. y a la administración concursal de Step Consulting & Advisors S.L. expido y firmo la presente.

A Coruña, 22 de octubre de 2019

La letrada de la Administración de justicia