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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 201 Martes, 22 de octubre de 2019 Pág. 46319

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Consellería de Hacienda

RESOLUCIÓN de 2 de octubre de 2019, de la Secretaría General Técnica y del Patrimonio de la Consellería de Hacienda, por la que se declara a la Comunidad Autónoma de Galicia como heredera abintestato de Lourdes Reboiras Torrado.

Antecedentes.

Por Resolución de 20 de diciembre de 2018 se acordó la incoación del procedimiento administrativo para la declaración de la Comunidad Autónoma de Galicia como heredera abintestato de Lourdes Reboiras Torrado (ABI/2016/0039).

La citada resolución se publicó en el Boletín Oficial del Estado (supl. N, nº 19, de 22 de enero de 2019), en el Diario Oficial de Galicia (DOG nº 13, de 18 de enero), en la página web de la Consellería de Hacienda y fue expuesta en los tablones de anuncios de los ayuntamientos de Rois, Pontevedra y Sanxenxo por plazo no inferior a un mes.

Constan en el expediente los correspondientes certificados de defunción y últimas voluntades relativos a la persona causante, en los que se acredita su fallecimiento, el 31 de diciembre de 2014 en la ciudad de Pontevedra, y que, aunque había otorgado testamento, este resultó ineficaz por premoriencia de los instituidos. Asimismo, figura igualmente incorporado certificado de su empadronamiento en el Ayuntamiento de Pontevedra, quedando justificada su vecindad civil gallega.

No se han recibido alegaciones, documentos u otros elementos de juicio que cuestionen la sucesión a favor de la Administración autonómica, lo que corrobora el informe emitido al efecto por la Policía autonómica de Galicia y las manifestaciones de terceras personas unidas al expediente.

De las consultas efectuadas ante el Catastro Inmobiliario, en el Índice general informatizado de fincas y derechos del Registro de la Propiedad y en el Registro General de Contratos de Seguros de Cobertura de Fallecimiento, así como de la información recabada de diferentes entidades bancarias y por otras fuentes, se determinó, en principio, que al menos forman parte del caudal hereditario de la persona finada los bienes y derechos que se adjudican en el punto segundo de esta resolución, sin perjuicio de la inclusión en la herencia de aquellos otros que se identifiquen con posterioridad a esta declaración como de titularidad de la persona causante, en este caso, particularmente los procedenetes de la herencias de sus finados tíos Joaquina y Peregrino Reboiras Torrado.

La Asesoría Jurídica de la Consellería de Facenda emitió informe sobre la adecuación y suficiencia de las actuaciones practicadas para la declaración de la Comunidad Autónoma como heredera abintestato de la persona causante.

Fundamentos jurídicos.

Ley 2/2006, de 14 de junio, de derecho civil de Galicia, artículos 267 y siguientes.

Código civil, artículos 657 y siguientes.

Ley 33/2003, de 3 de noviembre, del patrimonio de las administraciones públicas, artículos 20.6, 20 bis y 20 ter.1.

Ley 5/2011, de 30 de septiembre, del patrimonio de la Comunidad Autónoma de Galicia, artículos 4 y 56.

Decreto 94/1999, de 25 de marzo, sobre régimen administrativo de la sucesión intestada a favor de la Comunidad Autónoma de Galicia.

Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

Decreto 30/2017, de 30 de marzo, por el que se establece la estructura orgánica de la Consellería de Hacienda, artículos 4 y 7.

Según lo anterior,

RESUELVO:

Primeiro. Declarar a la Comunidad Autónoma de Galicia única y universal heredera abintestato de Lourdes Reboiras Torrado, con DNI: 35198613B, entendiéndose legalmente aceptada la herencia a beneficio de inventario.

Segundo. Adjudicar a la Administración autonómica los siguientes bienes y derechos de la herencia identificados:

a) Bienes inmuebles:

– Piso de la planta tercera, letra D, del edificio nº 16, portal B, de la calle Augusto García Sánchez de la ciudad de Pontevedra, de 94,59 m2 útiles. Limita: frente, descanso en caja de la escalera B, hueco del ascensor, piso letra C y, en parte, patio interior; derecha entrando, calle de situación; izquierda, patio interior y piso letra E, con entrada por el portal C; fondo, calle E del polígono de Campolongo. Tiene como anexos un trastero señalado con el número 8 y una plaza de aparcamiento señalada con el número 19, ambos situados en el sótano del inmueble. Cuota de participación: cuatro enteros y veinte centésimas. Constan cargas hipotecarias.

Referencia catastral: 9675010NG2997N0014XR.

Valor catastral: 70.410,63 euros.

Inscripción registral: Registro de la Propiedad de Pontevedra nº 1, tomo 716, libro 300, hoja 4, finca nº 28380.

– Vivienda nº 26, tipo dúplex, de 74 m2 útiles, repartidos entre las plantas tercera y cuarta, que constituye el denominado apartamento 311A del bloque A del Complejo Turístico Arnelas, Padriñán, municipio de Sanxenxo (Pontevedra), con entrada por la avenida Luis Rocafort, nº 53. Limita: frente, pasillo común de acceso a los apartamentos; derecha, vivienda nº 27; izquierda: vivienda nº 25; y fondo, terraza o solera superior de los garajes del semisótano y después parque infantil o zona de recreo. Cuota de participación: 4,05 por ciento. Grabada con servidumbres a favor del predio registral nº 6821. Sin más cargas.

Referencia catastral: 5349703NG1954N0066UI.

Valor catastral: 42.483,94 euros.

Inscripción registral: Registro de la Propiedad de Cambados, tomo 503, libro 81, hoja 16, predio nº 8603.

– Plaza de aparcamiento 311A del Complejo Turístico Arnelas, nº 23 según el Catastro Inmobiliario, en Padriñán, municipio de Sanxenxo (Pontevedra), que se corresponde con el 3,030304 % del dominio del local nº 38, situado en el semisótano del bloque A, formado por 33 plazas de garaje, con una superficie total construida de 950 m2. El complejo tiene su entrada por la avenida Luis Rocafort, nº 53. Limita el local: frente, izquierda y fondo, con elementos comunes del complejo turístico; y derecha, avenida Rocafort. Cuota de participación del local: 3,3 por ciento. Sin cargas.

Referencia catastral: 5349703NG1954N0023XM.

Valor catastral: 4.992,62 euros.

Inscripción registral: Registro de la Propiedad de Cambados, tomo 772, libro 153, hoja 83, predio nº 16868.

b) Contratos y otros efectos bancarios:

– Abanca, cuenta a la vista: 2080 5138 83 3000003828.

– Abanca, cuenta a la vista: 2080 5138 80 3040004604.

– Abanca, cuenta a plazo: 2080 5138 81 3810019609.

Tercero. Publicar la presente resolución en el Boletín Oficial del Estado, en el Diario Oficial de Galicia y en la página web de la Consellería de Hacienda, área temática de patrimonio, anuncios, que se puede consultar en el siguiente enlace: http://www.conselleriadefacenda.es/areas-tematicas/patrimonio/anuncios

Una copia de esta resolución será remitida para su exposición pública, por plazo no inferior a un mes, en los tablones de anuncios de los ayuntamientos de Rois, Pontevedra y Sanxenxo.

Esta resolución podrá ser recurrida por infracción de las normas sobre competencia y procedimiento mediante recurso de alzada, en el plazo de un mes, ante el conselleiro de Facenda, de conformidad con los artículos 112 .1, 114 y 121 y siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

Los que se consideren perjudicados en cuanto a su mejor derecho a la herencia o en otros derechos de carácter civil por la declaración de heredera abintestato o la adjudicación de bienes a favor de la Comunidad Autónoma de Galicia, podrán ejercitar las acciones pertinentes ante el órgano de la jurisdicción civil correspondiente.

Santiago de Compostela, 2 de octubre de 2019

La secretaria general técnica y del Patrimonio de la Consellería de Hacienda
P.D. (Resolución de 1.10.2019)
Luis Emilio Araújo Rodríguez
Vicesecretario general de la Consellería de Hacienda