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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 197 Miércoles, 16 de octubre de 2019 Pág. 45564

V. Administración de justicia

Tribunal Superior de Justicia de Galicia (Sala de lo Social)

EDICTO (3135/2019).

Tipo y nº de recurso: RSU recurso suplicación 3135/2019

Juzgado de origen/autos: despido/ceses en general 388/2018 Juzgado de lo Social número 1 de Ferrol

Recurrentes: Servicios Gallegos de Minusválidos, S.L.

Abogado: Rolando Martínez Rodríguez

Recurridos: Fogasa, María del Carmen Allegue Pena, Diseraux, S.L., Integra Mantenimiento y Gestión de Servicios Integrados, Centro Especial de Empleo, S.L.

Abogado/a: letrado de Fogasa, Xosé Daniel Besteiro López

Yo, María Socorro Bazarra Varela letrada de la Administración de Justicia de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, hago saber que en el procedimiento recurso suplicación 3135/2019 seguido a instancia de Servicios Gallegos de Minusválidos, S.L., contra Fogasa, María del Carmen Allegue Pena, Diseraux, S.L., Integra Mantenimiento y Gestión de Servicios Integrados, Centro Especial de Empleo, S.L., sobre despido disciplinario, se ha dictado la siguiente resolución:

Fallamos: desestimamos el recurso de suplicación interpuesto por la representación procesal de Servicios Gallegos de Minusválidos, S.L., contra la sentencia de fecha 11.2.2019, dictada por el Juzgado de lo Social número 1 de Ferrol, en proceso por despido promovido por María Carmen Allegue Pena contra la recurrente, Integra Mantenimiento y Gestión de Servicios Integrados Centro Especial de Empleo, S.L., y Fogasa, y confirmamos la sentencia de instancia.

Dese a los depósitos y consignaciones el destino legal y se imponen las costas del recurso a la entidad recurrente, que comprende el abono de honorarios de letrado que impugna el recurso y que se estima en 601 €.

Notifíquese esta resolución a las partes y a la Fiscalía del Tribunal Superior de Justicia de Galicia.

Modo de impugnación: se hace saber a las partes que contra esta sentencia cabe interponer recurso de casación para unificación de doctrina que ha de prepararse mediante escrito presentado ante esta sala dentro del improrrogable plazo de diez días hábiles inmediatos siguientes a la fecha de notificación de la sentencia. Si el recurrente no tuviera la condición de trabajador o beneficiario del régimen público de la Seguridad Social deberá efectuar:

– El depósito de 600 € en la cuenta de 16 dígitos de esta sala, abierta en el Banco de Santander (Banesto) con el nº 1552 0000 37 seguida de cuatro dígitos correspondientes al nº del recurso y dos dígitos del año del mismo.

– Asimismo si hay cantidad de condena deberá consignarla en la misma cuenta, pero con el código 80 en vez del 37 o bien presentar aval bancario solidario en forma.

– Si el ingreso se hace mediante transferencia bancaria desde una cuenta abierta en cualquier entidad bancaria distinta, habrá que emitirla a la cuenta de veinte dígitos 0049 3569 92 0005001274 y hacer constar en el campo «Observaciones o Concepto de la transferencia» los 16 dígitos que corresponden al procedimiento (1552 0000 80 o 37 **** ++).

Y para que sirva de notificación en legal forma a Diseraux, S.L., con último domicilio conocido en San Martiño do Porto, Cabanas (A Coruña), actualmente en ignorado paradero, expido el presente edicto para su inserción en el Diario Oficial de Galicia y se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

A Coruña, 20 de septiembre de 2019

La letrada de la Administración de justicia