Tipo y número recurso: recurso de suplicación 4134/18 CBO
Materia: reclamación de cantidad
Recurrente: Serafín Rey Noya
Recurridos: Fogasa y Vasse Cocina y Baño, S.L.
Juzgado de origen/autos: Juzgado de lo Social número 1 de Pontevedra. Procedimiento ordinario 54/2017
Casación en unificación de doctrina: 110/19
Parte recurrente: Serafín Rey Noya
Abogada: María del Carmen González Ferro
Yo, María Socorro Bazarra Varela, letrada de la Administración de justicia y de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, hago saber que en el procedimiento de recurso de suplicación 4134/18, seguido a instancia de Serafín Rey Noya contra Vasse Cocina y Baños, S.L. y el Fogasa, sobre reclamación de cantidad, se ha dictado la siguiente resolución:
«Diligencia de ordenación de la letrada de la Administración de justicia Sra. Bazarra Varela.
A Coruña, 22 de julio de 2019.
El anterior escrito suscrito por la letrada Sra. González Ferro en nombre y representación de Serafín Rey Noya, al que se acompaña la sentencia de contraste, se une a la correspondiente pieza de recurso de casación.
Como ya viene acordado por resolución del pasado 23 de mayo, se procede al emplazamiento de las demás partes para que se personen por escrito de letrado, ante la Sala de lo Social del Tribunal Supremo dentro del plazo de diez días; para lo cual líbrese el correspondiente edicto al DOG a fin de que proceda al emplazamiento de la empresa Vasse Cocina y Baño, S.L., que se encuentra en ignorado paradero.
Verificado, remítanse las actuaciones a dicho tribunal.
La parte recurrente se entiende personada de derecho con la remisión de las actuaciones.
Notifíquese a las partes haciéndoles saber que contra la presente resolución no cabe recurso alguno.
Lo acuerdo y firmo. Doy fe».
Y para que sirva de notificación en legal forma a Vasse Cocina y Baños, S.L., actualmente en ignorado paradero, expido el presente edicto para su inserción en el Diario Oficial de Galicia.
Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.
A Coruña, 22 de julio de 2019
La letrada de la Administración de justicia