Descargar PDF Galego | Castellano| Português

DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 144 Miércoles, 31 de julio de 2019 Pág. 35101

V. Administración de justicia

Juzgado de lo Social número 1 de Santiago de Compostela

EDICTO (TCD 17/2014).

María Teresa Vázquez Abades, letrada de la Administración de justicia del Juzgado de lo Social número 1 de Santiago de Compostela, hace saber que en el procedimiento pieza de tercería de dominio 17/2014 0002 de este juzgado de lo social, seguido a instancia de Baltasar Rodríguez Liste, José Manuel Requeijo Tojo, Juan Carlos Ferro Castro, Jorge Luis Gómez López, Raúl Alexander Bueno Silva, Manuel Zas Oca, Manuel Ramón Calvo Fernández contra Excavacións Migasa, S.L. Fondo de Garantía Salarial, se ha dictado la siguiente resolución, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

«Auto.

Santiago de Compostela, 9 de julio de 2019.

Parte dispositiva:

Debo estimar y estimo, a los meros efectos prejudiciales, la demanda de tercería de dominio interpuesta por Maquinaria J Artuneche, S.L. y Artuneche Distribución, S.L. frente a las partes de este procedimiento de ejecución de títulos judiciales número 17/2014 sobre el siguiente bien: semirremolque matrícula C02265R, marca Leciñena, modelo SRG 3ED, número de bastidor VSR0D0341ML033373; y, en consecuencia, debo declarar y declaro haber lugar a alzar el embargo acordado en las presentes actuaciones sobre el referido vehículo.

Llévese testimonio de la presente resolución a los autos principales de ejecución de título judicial número 17/2014 de este juzgado, para su constancia a los efectos oportunos, y firme que sea la misma, procédase al alzamiento del embargo acordado en el procedimiento referido sobre el siguiente bien: semirremolque matrícula C02265R, marca Leciñena, modelo SRG 3ED, número de bastidor VSR0D0341ML033373. Expídanse al efecto los mandamientos oportunos.

Modo de impugnación. Contra la presente resolución cabe interponer recurso de reposición, en el plazo de los tres días siguientes a su notificación, con expresión de la infracción que a juicio del recurrente hubiere incurrido la resolución impugnada (artículos 186 y 187 de la LJS).

Así lo acuerda y firma SSª. Doy fe.

La magistrada. La letrada de la Administración de justicia.

Diligencia: seguidamente se cumple lo ordenado. Doy fe».

Para que sirva de notificación en legal forma a Excavacións Migasa, S.L., en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Diario Oficial de Galicia.

Santiago de Compostela, 9 de julio de 2019

La letrada de la Administración de justicia