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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 139 Martes, 23 de julio de 2019 Pág. 34173

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Consellería del Medio Rural

ANUNCIO de 5 de julio de 2019, del Jurado Provincial de Clasificación de Montes Vecinales en Mano Común de Lugo, por el que se publican las resoluciones de los recursos de reposición interpuestos contra la clasificación del monte vecinal en mano común Martín-ampliación, del ayuntamiento de Bóveda (expediente 9/2017).

A efectos de lo previsto en el artículo 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, se hace público que el Jurado Provincial de Clasificación de Montes Vecinales en Mano Común de Lugo, en la sesión del día 25.6.2019, bajo la presidencia de María Olga Iglesias Fontal y con la asistencia de los vocales Josefina Pereira de la Riera, Carlos Vázquez Díaz y Antonio José López-Acuña Herrero, y de la secretaria Lucía Belver Quiroga, tomó los siguientes acuerdos:

Monte de Martín-ampliación (expediente 9/2017), perteneciente a los vecinos de la parroquia de Martín, en el término municipal de Bóveda. En la reunión celebrada por el jurado el 27.3.2019, se acordó, aceptando la propuesta del Servicio de Montes, clasificar como vecinal en mano común una superficie de 361,3 hectáreas, de conformidad con las parcelas y colindantes que constan en la resolución del expediente.

A) El 24 de mayo de 2019, tiene entrada un escrito presentado por Antonio Vázquez Díaz, actuando en representación de la comunidad propietaria del MVMC de Teilán (Bóveda), manifestando, en resumen:

• La disconformidad con la resolución de clasificación del expediente 9/2017, considerando que se tomó como base únicamente la delimitación catastral, que no es prueba de propiedad y sin realizar con el debido contraste la delimitación del terreno con posibilidad de una intervención real y contradictoria de los afectados.

• Que con carácter excepcional deberá procederse a la apertura de una fase probatoria que les permita la presentación de su documentación con la elaboración de un plano y nombramiento de un tercer perito que resuelva las contradicciones que existan.

Dado traslado del recurso a la comunidad propietaria del monte de Martín, el día 14.6.2019, se recibe escrito de Manuel Rodríguez Fernández, como presidente de la comunidad, en el que manifiesta que no formulará más alegaciones ni justificaciones relativas al límite del monte, por considerar que la titularidad, posesión y aprovechamiento están suficientemente demostrados, y mostrando su conformidad con la resolución de clasificación emitida por el jurado.

Examinado dicho recurso, el jurado, por unanimidad, acuerda no admitir el recurso de reposición interpuesto, de conformidad con los fundamentos que se recogen en la correspondiente resolución del recurso.

B) Durante la tramitación del expediente, Manuel Rodríguez Abella reclamó la parcela 432 del polígono 2, así como la parcela 496 del polígono 32, diciendo que era propiedad de María Luz López Díaz y que estaba integrada en el antiguo catastro dentro de la parcela 24 del mismo polígono. De esta última parcela no aportó documentación ninguna que la vinculara con una titularidad catastral particular contradictoria con la actual de monte comunal de vecinos de Martín, que ampara a la comunidad solicitante de la clasificación, con los efectos atribuidos por el artículo 3.3 del Real decreto legislativo 1/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del catastro inmobiliario. Por este motivo en la resolución del expediente se consideró que no procedía su exclusión con respeto a la superficie inicial solicitada.

El día 13 de mayo de 2019, se recibe escrito de María Luz López Díaz, en el que manifiesta, en resumen:

• Que la parcela 496 del polígono 32 es de su propiedad que formaba una sola finca junto con la parcela 24, en el Catastro del año 1958, y aporta fotografía y cédula de la propiedad de dicho catastro.

• Que actualmente dicha parcela está formada por las parcelas catastrales 24 y 496 del polígono 32, y le pertenece por herencia de su abuelo. Aporta copias del documento particional y documento de compraventa de derechos hereditarios.

• Solicita que le sea reconocida la propiedad de la parcela 496 del polígono 32 y se excluya del expediente de ampliación de la clasificación solicitada por la comunidad de Martín.

Dado traslado del recurso a la comunidad propietaria del monte de Martín, el día 14.6.2019, se recibe escrito de Manuel Rodríguez Fernández, como presidente de la comunidad, en el que manifiesta que no formulará más alegaciones ni justificaciones relativas al límite del monte, por considerar que la titularidad, posesión y aprovechamiento están suficientemente demostrados, y mostrando su conformidad con la resolución de clasificación emitida por el jurado.

Dado traslado al Servicio de Montes de este recurso de reposición, el día 12.6.2019 se emite informe (carpeta 5/2017), en el que confirma lo manifestado por la recurrente en cuanto a que la parcela 496, en la cédula catastral del Catastro viejo pertenecía a la parcela 24, que es de titularidad de la recurrente y recoge como queda el monte teniendo en cuenta este recurso con la exclusión de dicha parcela.

Examinado dicho recurso, el jurado, por unanimidad, acuerda estimar el recurso de reposición interpuesto, de conformidad con los fundamentos que se recogen en la correspondiente resolución del recurso y proceder a las oportunas modificaciones en el expediente de acuerdo con el informe del Servicio de Montes.

Contra esta resolución, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente a su notificación o publicación en el Diario Oficial de Galicia, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Lugo, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la jurisdicción contencioso-administrativa.

Lugo, 5 de julio de 2019

María Olga Iglesias Fontal
Presidenta del Jurado Provincial de Clasificación de Montes
Vecinales en Mano Común de Lugo