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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 117 Viernes, 21 de junio de 2019 Pág. 29762

III. Otras disposiciones

Consellería de Sanidad

EXTRACTO de la Orden de 6 de junio de 2019 por la que se aprueban las bases reguladoras y se convocan subvenciones para proyectos de salud pública en el campo del VIH/sida y otras infecciones de transmisión sexual (ITS) realizados en Galicia por entidades privadas sin ánimo de lucro (código de procedimiento SA645A).

BDNS (Identif.): 462803.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo se puede consultar en la Base de datos nacional de subvenciones (http://www.pap.minhap.gob. es/bdnstrans/index).

Primero. Entidades beneficiarias

Podrán solicitar y ser beneficiarias de estas subvenciones las entidades privadas sin ánimo de lucro que presenten un único proyecto y que cumplan con el objeto y normas de esta orden, siempre y cuando no estén incursas en alguna de las circunstancias establecidas en el artículo 10.2 y 10.3 de la Ley 9/2007, de 13 de junio, que imposibilitan obtener la condición de beneficiaria de las subvenciones.

Segundo. Objeto

Esta orden tiene por objeto establecer las bases reguladoras y convocar, en régimen de concurrencia competitiva, subvenciones a proyectos de salud pública, relacionados con la infección por VIH, el sida y otras infecciones de transmisión sexual (ITS), que realicen en Galicia entidades privadas sin ánimo de lucro a lo largo del período comprendido entre el 1 de junio de 2019 y el 30 de junio de 2022.

Tercero. Bases reguladoras y convocatoria

Orden de 6 de junio de 2019 por la que se aprueban las bases reguladoras y se convocan subvenciones para proyectos de salud pública en el campo del VIH/sida y otras infecciones de transmisión sexual (ITS) realizados en Galicia por entidades privadas sin ánimo de lucro (código de procedimiento SA645A).

Cuarto. Cuantía

La cuantía total de las subvenciones que se puede conceder al amparo de la orden asciende a novecientos mil (900.000,00 €) y se financiará con cargo a la aplicación presupuestaria 1202.413A.481.1 de los presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de Galicia. No obstante, dicho crédito podrá ser ampliado en los términos previstos en el artículo 2.2 de las bases reguladoras. Este presupuesto se distribuirá en cuatro anualidades de la siguiente manera:

– Año 2019: 189.717,00 €.

– Año 2020: 285.000,00 €.

– Año 2021: 285.000,00 €.

– Año 2022: 140.283,00 €.

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes

El plazo de presentación de las solicitudes será de un mes contado a partir del día siguiente al de la publicación de la orden en el Diario Oficial de Galicia.

Sexto. Otros datos

Las solicitudes se presentarán obligatoriamente por medios electrónicos a través del formulario normalizado que, a título exclusivamente informativo, figura como anexo de la orden y que estará disponible tanto en la Guía de procedimientos (https://sede.xunta.gal/guia-de-procedementos) como en la sede electrónica de la Xunta de Galicia (https://sede.xunta.gal), con el código SA645A.

Si alguna de las personas interesadas presenta su solicitud presencialmente, se le requerirá para que la subsane a través de su presentación electrónica. A estos efectos, se considerará como fecha de presentación de la solicitud aquella en la que se hubiese realizado la subsanación.

Santiago de Compostela, 6 de junio de 2019

Jesús Vázquez Almuíña
Conselleiro de Sanidad