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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 95 Martes, 21 de mayo de 2019 Pág. 24604

V. Administración de justicia

Juzgado de lo Social número 2 de Santiago de Compostela

EDICTO (MCC 63/2019).

Yo, Marina Pilar García de Evan, letrada de la Administración de justicia del Juzgado de lo Social número 2 de Santiago de Compostela, hago saber que en el procedimiento de medidas cautelares previas 63/2019 de este juzgado de lo social, seguido a instancia de Carlos García Freita contra Innovis Laboratorios, S.L.U., Novocat Farma, S.A. y Adriana Leonor Rizzo Tamaro sobre actos prepara. y medi. p, se ha dictado la siguiente resolución:

Acuerdo la adopción de la medida cautelar de eximir al actor Carlos García Freita de acudir a prestar servicios, con mantenimiento de la obligación del empresario de abonar el salario y la cotización correspondiente durante la tramitación de la causa principal, sin perjuicio de lo que pueda resolverse en la sentencia que recaiga en la misma.

Llévese el original de esta resolución al libro de autos definitivos y déjese testimonio en la presente pieza separada y en el procedimiento principal del que la misma dimana.

Notifíquese la presente resolución a las partes.

Modo de impugnación. Se advierte a las partes que contra la presente resolución podrán interponer recurso de reposición, que deberá interponerse ante el presente órgano judicial en el plazo de tres días hábiles siguientes a la notificación de la misma, con expresión de la infracción cometida en la misma a juicio del recurrente (artículo 188 de la LJS).

El recurrente que no tenga la condición de trabajador o beneficiario de régimen público de la Seguridad Social deberá hacer un depósito para recurrir de 25 euros, en la cuenta nº 1596, clave 64 N, abierta en Banesto, debiendo indicar en el campo concepto, la indicación “recurso” seguida del código “31 Social-Revisión de resoluciones letrado de la Administración de justicia”. Si el ingreso se hace mediante transferencia bancaria deberá incluir tras la cuenta referida, separados por un espacio con la indicación “recurso” seguida del “31 Social-Revisión de resoluciones letrado de la Administración de justicia”. Si efectuare diversos pagos en la misma cuenta, deberá especificar un ingreso por cada concepto, incluso si obedecen a otros recursos de la misma o distinta clase, indicando en el campo de observaciones la fecha de la resolución recurrida utilizando el formato dd/mm/aaaa. Quedan exentos de su abono en todo caso, el Ministerio Fiscal, el Estado, las comunidades autónomas, las entidades locales y los organismos autónomos dependientes de ellos.

Así lo pronuncia, manda y firma.

La magistrada jueza

Y para que sirva de notificación en legal forma a Innovis Laboratorios, S.L.U., en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el boletín oficial correspondiente.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

Santiago de Compostela, 25 de abril de 2019

La letrada de la Administración de justicia