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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 71 Jueves, 11 de abril de 2019 Pág. 18342

VI. Anuncios

b) Administración local

Diputación Provincial de Ourense

ANUNCIO de 27 de febrero de 2019 por el que la Diputación asume la competencia delegada en ella por el Ayuntamiento de Xunqueira de Espadanedo sobre revocación de la delegación de competencias de gestión tributaria y recaudatoria del impuesto de vehículos de tracción mecánica y aceptación de la recaudación ejecutiva de este impuesto.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 7 del Real decreto legislativo 2/2004 y 106.3 de la Ley 7/1985, y cumpliendo lo que acordó la Corporación Provincial, en sesión del día 22 de febrero de 2019, se hace público que la Diputación Provincial de Ourense asume la competencia delegada en ella por el Ayuntamiento de Xunqueira de Espadanedo en los siguientes términos:

Primero. Aceptar la revocación de la delegación de gestión tributaria y recaudatoria del Impuesto sobre vehículos de tracción mecánica del Ayuntamiento de Xunqueira de Espadanedo, efectuada mediante acuerdo plenario de fecha 21 de enero de 2019.

Segundo. Aceptar la delegación de competencia efectuada por el Ayuntamiento de Xunqueira de Espadanedo a favor de la Diputación Provincial, mediante acuerdo de 21 enero de 2019, para la recaudación ejecutiva del impuesto de vehículos de tracción mecánica (IVTM) del Ayuntamiento de Xunqueira de Espadanedo.

El contenido de la delegación abarcará el ejercicio de todas las facultades necesarias para la realización de la recaudación en vía ejecutiva, dictando todos los actos administrativos necesarios para la gestión de dichos procedimientos, incluida la emisión de la providencia de apremio de resolución de los recursos administrativos contra los actos de recaudación ejecutiva.

Para el ejercicio de la competencia delegada el Ayuntamiento debería remitir las oportunas certificaciones de descubierto del tributo al que se refiere.

La tasa para satisfacer por el Ayuntamiento por la prestación del servicio de recaudación en período ejecutivo será el 100 % del recargo de apremio que debe pagar el deudor tributario, conforme a lo establecido en el artículo 6, apartado b), de la Ordenanza fiscal reguladora de la tasa por la prestación de los servicios de gestión, inspección y recaudación de la Diputación Provincial de Ourense. La Diputación deducirá de la transferencia del importe recaudado la cantidad correspondiente a la tasa liquidada, sin perjuicio de la notificación de dicha liquidación en la forma prevista en el artículo 9 de la ordenanza fiscal.

La presente delegación estará vigente hasta el 31 de diciembre de 2023 y se prorrogará tácitamente por períodos de 4 años si ninguna de las partes muestra expresamente su voluntad en contra comunicándolo a la otra con una antelación inferior a 6 meses a la fecha señalada o a la de cualquiera de los períodos de prórroga.

Dicha delegación se regirá por las condiciones generales establecidas en el presente acuerdo de delegación.

Ourense, 27 de febrero de 2019

José Manuel Baltar Blanco
Presidente de la Diputación Provincial de Ourense