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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 69 Martes, 9 de abril de 2019 Pág. 17906

V. Administración de justicia

Tribunal Superior de Justicia de Galicia (Sala de lo Social)

EDICTO (588/2016).

Tipo y nº de recurso: RSU recurso de suplicacion 4922/2017 IP

Juzgado de origen/autos: procedimiento ordinario 588/2016 Juzgado de lo Social número 2 de Ferrol

Recurrente: María Jesús Amado Rodríguez

Abogado: Jesús Porta Dovalo

Recurridos: Fogasa, Izar Construcciones Navales, S.A., María del Carmen Rodríguez Vázquez, José Luis Amado Rodríguez, Yolanda Amado Rodríguez, Santiago González Garay.

Abogados: letrado de Fogasa, Abel López Carballeda, Jesús Porta Dovalo, Jesús Porta Dovalo, Jesús Porta Dovalo,

Yo, M. Asunción Barrio Calle, letrada de la Administración de justicia de la Sección Primera de la Sala Segunda de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, hago saber que en el procedimiento de recurso de suplicación 4922/2017 de esta sección, seguido a instancia de María Jesús Amado Rodríguez contra Fogasa, Izar Construcciones Navales, S.A., María del Carmen Rodríguez Vázquez, José Luis Amado Rodríguez, Yolanda Amado Rodríguez, Santiago González Garay, sobre otros derechos seguridad social, se ha dictado la siguiente resolución:

«Parte dispositiva.

La Sala acuerda:

Declarar la inadmisión del recurso de casación para la unificación de doctrina interpuesto por el letrado Jesús Porta Dovalo, en nombre y representación de María Jesús Amado Rodríguez, contra la sentencia dictada por la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Galicia de fecha 13 de abril de 2018, en el recurso de suplicación número 4922/2017, interpuesto por María Jesús Amado Rodríguez, frente a la sentencia dictada por el Juzgado de lo Social número 2 de los de Ferrol, de fecha 3 de julio de 2017, aclarada por auto de 5 de septiembre de 2017, en el procedimiento número 588/2016, seguido a instancia de María del Carmen Rodríguez Vázquez, José Luis Amado Rodríguez, Yolanda Amado Rodríguez y María Jesús Amado Rodríguez contra el Fondo de Garantía Salarial, Izar Construcciones Navales, S.A., Santiago González Garay e Indunor, S.A., sobre reclamación de cantidad.

Se declara la firmeza de la sentencia recurrida sin imposición de costas a la parte recurrente.

Contra este auto no cabe recurso alguno.

Devuélvanse los autos de instancia y el rollo de suplicación a la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de procedencia, con certificación de esta resolución y comunicación.

Así lo acordamos, mandamos y firmamos. Siguen las firmas y la publicación».

Y para que sirva de notificación en legal forma a Indumor, S.A. y Santiago González Garay, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Diario Oficial de Galicia.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

A Coruña, 20 de marzo de 2019

La letrada de la Administración de justicia