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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 69 Martes, 9 de abril de 2019 Pág. 17923

V. Administración de justicia

Juzgado de lo Social número 3 de Refuerzo de A Coruña

EDICTO (1029/2017).

Yo, Marta Yanguas del Valle, letrada de la Administración de justicia del Juzgado de lo Social número 3 de refuerzo de A Coruña, hago saber que en el procedimiento de despido/ceses en general 1029/2017 de este juzgado de lo social, seguido a instancia de José Manuel Fariñas Saavedra contra Ediciones Lenda, S.L., Administrador Concursal Ediciones Lenda, S.L., siendo parte el Fogasa, sobre despido, se ha dictado la siguiente resolución:

«Juez: Javier López Cotelo.

Procedimiento: despido número 1029/2017.

Demandante: José Manuel Fariñas Saavedra.

Letrado: Sr. Laso González.

Demandado:

– Ediciones Lenda, S.L., y administración concursal de la misma.

– Letrado:

Fogasa.

Sentencia número 122/2019.

A Coruña, 12 de marzo de 2019.

Fallo.

1. Estimo la demanda sobre despido formulada por José Manuel Fariñas Saavedra frente a la empresa Ediciones Lenda, S.L., y, en consecuencia, declaro la improcedencia del despido y la extinción de la relación laboral a la fecha de esta sentencia. Todo ello con condena de la empresa al abono de la indemnización detallada en el número segundo de este fallo.

2. La indemnización a abonar por las empresas demandadas, según lo dispuesto en el número anterior, asciende a la cantidad de 29.782,18 euros.

3. Condeno a la empresa demandada a que abone al trabajador los salarios de tramitación desde la fecha del despido a la fecha de la extinción de la relación laboral en el día de hoy a razón de 49,93 euros/día, lo que da la cantidad de 27.461,50 euros.

4. El Fogasa y la administración concursal de la condenada habrán de pasar por lo decidido en esta resolución.

Inscríbase la presente resolución en el libro de sentencias dejando testimonio de la misma en el presente procedimiento.

Notifíquese esta sentencia a las partes advirtiéndoles que contra ella se podrá interponer recurso de suplicación ante el Tribunal Superior de Justicia de Galicia, el cual deberá anunciarse en este juzgado en el plazo de los cinco días siguientes a la notificación de esta resolución por comparecencia o mediante escrito, pasados los cuales se declarará firme y se procederá a su archivo.

Así lo pronuncio, mando y firmo.

Javier López Cotelo.

Publicada el día 13 de marzo de 2019.

Marta Yanguas del Valle.

Y para que sirva de notificación en legal forma a Ediciones Lenda, S.L., en ignorado paradero, expido el presente edicto para su inserción en el Diario Oficial de Galicia.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

A Coruña, 13 de marzo de 2019

La letrada de la Administración de justicia