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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 63 Lunes, 1 de abril de 2019 Pág. 16703

V. Administración de justicia

Juzgado de lo Social número 4 de A Coruña

EDICTO (712/2015).

Yo, Rosana Corral García, letrada de la Administración de justicia del Juzgado de lo Social número 4 de A Coruña, doy fe y certifico que en este juzgado se siguen autos número 712/2015 a instancia de Luis Manuel Vázquez Felpete y Gelasio Rumbo García contra Bloquera Forjados Noroeste, S.L. (desistida) y administración concursal de Bloquera Forjados Noroeste, S.L. y la empresa Viguetas y Bloques BFN, S.L., sobre cantidad, en los que recayó la sentencia de 15 de febrero de 2019 que, copiada en los particulares necesarios dice así:

Fallo:

Se estima la demanda interpuesta por Luis Manuel Vázquez Felpete y Gelasio Rumbo García contra las empresas Bloquera Forjados Noroeste, S.L. (desistida) y Viguetas y Bloques BFN, S.L., y, en consecuencia:

– Se condena a la empresa Viguetas y Bloques BFN, S.L. a abonar a los demandantes las siguientes cantidades:

• A Gelasio Rumbo García la cantidad de siete mil trescientos setenta y seis euros con ochenta y cuatro céntimos de euro (7.376,84 euros) devengando el interés moratorio del 10 %.

• A Luis Manuel Vázquez Felpete la cantidad de ocho mil treinta y nueve euros con noventa y dos céntimos de euro (8.039,92 euros) devengando el interés moratorio del 10 %.

Notifíquese la presente resolución a las partes.

Contra esta resolución cabe recurso de suplicación, ante el Tribunal Superior de Justicia de Galicia, el cual deberá anunciarse en este juzgado en el plazo de los cinco días siguientes a la notificación de esta resolución, bastando la manifestación de la parte o de su abogado, graduado social colegiado o representante, dentro del indicado plazo.

Si el recurrente no goza del beneficio de justicia gratuita deberá, al tiempo de anunciar el recurso, haber consignado la cantidad objeto de condena, así como el depósito de 300 euros en la cuenta de depósitos y consignaciones que tiene abierta este juzgado, haciendo constar en el ingreso el número de procedimiento.

Así lo acuerda, manda y firma, Nicolás E. Pita Lloveres, magistrado juez del Juzgado de lo Social número 4 de A Coruña.

Para que conste, a efectos de su publicación en el Diario Oficial de Galicia a fin de que sirva de notificación en forma a la empresa Bloquera Forjados Noroeste, S.L., expido y firmo el presente edicto.

A Coruña, 12 de marzo de 2019

La letrada de la Administración de justicia