Descargar PDF Galego | Castellano| Português

DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 57 Viernes, 22 de marzo de 2019 Pág. 15632

V. Administración de justicia

Tribunal Superior de Justicia de Galicia (Sala de lo Social)

EDICTO (RSU 3418/2018).

Tipo y número de recurso: RSU recurso suplicación 3418/2018

Juzgado de origen/autos: Seguridad Social 825/2017 Juzgado de lo Social número 1 de Vigo

Recurrente: Instituto Nacional de la Seguridad Social

Abogado: letrado de la Seguridad Social

Recurridos: Tesorería General de la Seguridad Social, Áridos Ecológicos, S.L.U., Fremap, Mutua de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales número 61

Abogado: letrado de la Tesorería de la Seguridad Social, Daniel Adán Borras Díaz de Rábago

Yo, María Socorro Bazarra Varela, letrada de la Administración de justicia de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, hago saber, que en el procedimiento de recurso de suplicación 3418/2018 seguido a instancia del Instituto Nacional de la Seguridad Social contra la Tesorería General de la Seguridad Social, Áridos Ecológicos, S.L.U., Fremap, Mutua de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales número 61, sobre otros derechos de la Seguridad Social, se ha dictado la siguiente resolución:

Fallamos que desestimando el recurso de suplicación interpuesto por la letrada de la Administración de la Seguridad Social, en la representación que ostenta del Instituto Nacional de la Seguridad Social, contra la sentencia de fecha de 9 de enero de 2018, dictada por el Juzgado de lo Social número 1 de los de Vigo, en autos seguidos a instancia de la Mutua Fremap frente al Instituto Nacional de la Seguridad Social, la Tesorería General de la Seguridad Social y la empresa Áridos Ecológicos, S.L., sobre reintegro de gastos de asistencia sanitaria y prestaciones de incapacidad temporal-accidente de trabajo, debemos confirmar y confirmamos la resolución recurrida.

Notifíquese esta resolución a las partes y a la Fiscalía del Tribunal Superior de Justicia de Galicia.

Modo de impugnación. Se hace saber a las partes que contra esta sentencia cabe interponer recurso de casación para unificación de doctrina que ha de prepararse mediante escrito presentado ante esta sala dentro del improrrogable plazo de diez días hábiles inmediatos siguientes a la fecha de notificación de la sentencia. Si el recurrente no tuviera la condición de trabajador o beneficiario del régimen público de la Seguridad Social deberá efectuar:

– El depósito de 600 € en la cuenta de 16 dígitos de esta sala, abierta en el Banco de Santander (Banesto) con el número 1552 0000 37 seguida de cuatro dígitos correspondientes al número del recurso y dos dígitos del año del mismo.

– Asimismo, si hay cantidad de condena deberá consignarla en la misma cuenta, pero con el código 80 en vez del 37 o bien presentar aval bancario solidario en forma.

– Si el ingreso se hace mediante transferencia bancaria desde una cuenta abierta en cualquier entidad bancaria distinta, habrá que emitirla a la cuenta de veinte dígitos 0049 3569 92 0005001274 y hacer constar en el campo «Observaciones o concepto de la transferencia» los 16 dígitos que corresponden al procedimiento (1552 0000 80 o 37 **** ++).

Y para que sirva de notificación en legal forma a Áridos Ecológicos, S.L.U., con último domicilio conocido en el polígono de A Reigosa, 43, Ponte Caldelas, actualmente en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Diario Oficial de Galicia y se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

A Coruña, 28 de febrero de 2019

La letrada de la Administración de justicia