La persona titular del Servicio de Movilidad de A Coruña dictó la resolución de los expedientes sancionadores XC-00464-O-2018 y cuatro más por infracción de la normativa sobre transporte terrestre.
Intentada la notificación de la resolución por correo certificado con acuse de recibo en el domicilio que consta en el correspondiente expediente sancionador, esta fue devuelta por el servicio de Correos. Por este motivo y de conformidad con el artículo 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, la notificación se efectúa por medio de un anuncio publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE), que previamente se publica en el Diario Oficial de Galicia. En consecuencia, mediante este anuncio se notifican las resoluciones dictadas a las personas interesadas.
Se les informa que los expedientes sancionadores se encuentran a su disposición en las oficinas del Servicio de Movilidad de A Coruña.
Se les comunica que contra dicha resolución, que no es definitiva en la vía administrativa, cabe recurso de alzada ante el director general de Movilidad de la Consellería de Infraestructuras y Movilidad, en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de la publicación de este anuncio en el BOE.
Las sanciones impuestas fueron abonadas anticipadamente con una reducción de su importe conforme a lo previsto en el artículo 146.3 de la Ley 16/1987, de 30 de julio, de ordenación de los transportes terrestres.
A Coruña, 11 de febrero de 2019
César Concheiro Ceide
Jefe del Servicio de Movilidad de A Coruña
ANEXO
Expediente Matrícula |
DNI/CIF persona sancionada |
Infracción cometida Fecha-Hora-Carretera-p.k. |
Precepto calificador |
Precepto sancionador |
Sanción impuesta |
XC-00464-O-2018 9055-HPY |
33171728R |
La carencia en el vehículo o en los locales del letrero que indique la existencia de hojas de reclamaciones (taxi). 28.11.2017; 12.13; N-634; 707,6 |
Artículo 62.f) de la Ley 4/2013 |
Artículo 63 de la Ley 4/2013 |
100 euros |
XC-00465-O-2018 9055-HPY |
33171728R |
No exponer al público los cuadros de precios autorizados o tenerlos en lugares no visibles. 28.11.2017; 12.13; N-634; 707,6 |
Artículo 62.l) de la Ley 4/2013 |
Artículo 63 de la Ley 4/2013 |
100 euros |
XC-00476-O-2018 9055-HPY |
33171728R |
No llevar la placa relativa a su condición de vehículo de servicio público (taxi). 28.11.2017; 12.13; N-634; 707,6 |
Artículo 62.j) de la Ley 4/2013 |
Artículo 63 de la Ley 4/2013 |
100 euros |
XC-00477-O-2018 9055-HPY |
33171728R |
No llevar a bordo del vehículo la documentación formal que acredite la posibilidade legal de prestar el servicio, siempre que se dispusiera de la misma (taxi). 28.11.2017; 12.13; N-634; 707,6 |
Artículo 62.d) de la Ley 4/2013 |
Artículo 63 de la Ley 4/2013 |
100 euros |
XC-00478-O-2018 9055-HPY |
33171728R |
No llevar en lugar visible los distintivos que fueran exigibles o llevarlos en unas condiciones que dificulten su percepción o hacer un uso inadecuado de ellos. 28.11.2017; 12.13; N-634; 707,6 |
Artículo 62.a) de la Ley 4/2013 |
Artículo 63 de la Ley 4/2013 |
100 euros |