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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 46 Miércoles, 6 de marzo de 2019 Pág. 12835

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Consellería de Economía, Empleo e Industria

RESOLUCIÓN de 6 de febrero de 2019, de la Jefatura Territorial de Pontevedra, de autorización administrativa previa y autorización administrativa de construcción de una instalación eléctrica en el ayuntamiento de Salvaterra de Miño (expediente IN407A 2018/405-4).

Visto el expediente para otorgamiento de autorización administrativa previa y autorización administrativa de construcción de la instalación eléctrica que a continuación se describe:

Solicitante: Eléctrica de Cantoña, S.L.

Domicilio social: Cantoña, s/n, Paderne de Allariz, 32112 Ourense.

Denominación: LMTA y CTI Couto.

Situación: Salvaterra de Miño.

Características técnicas: instalación de liña de media tensión aérea de 20 kV de 1.000 metros de longitud y un centro de transformador aéreo de 100 kVA. Las instalaciones están situadas en el barrio de Couto, en la parroquia de Lira, en Salvaterra de Miño (Pontevedra).

Cumplidos los trámites ordenados en la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del sector eléctrico, y en el capítulo II, título VII del Real decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, en la Resolución de la Consellería de Economía e Industria de 19 de febrero de 2014, por la que se aprueba el procedimiento de autorización administrativa de construcción (DOG nº 54, de 19 de marzo), así como en la Ley 5/2017, de 19 de octubre, de fomento de la implantación de iniciativas empresariales en Galicia (DOG nº 203, de 25 de octubre), esta jefatura territorial resuelve:

Conceder autorización administrativa previa y autorización administrativa de construcción para la referida instalación, cuyas características se ajustarán en todas sus partes a las que figuran en el proyecto de ejecución, a las condiciones técnicas y de seguridad establecidas en los reglamentos de aplicación y a las condiciones establecidas en los condicionados de los organismos que constan en el expediente.

Esta autorización se otorga sin perjuicio de terceros e independientemente de las autorizaciones, licencias o permisos de competencia municipal, provincial u otros necesarios para la realización de las obras de la instalación autorizada.

Contra la presente resolución podrá interponer recurso de alzada, ante el conselleiro de Economía, Empleo e Industria, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la notificación de esta resolución. También podrá interponer cualquier otro recurso que estime pertinente en derecho.

Pontevedra, 6 de febrero de 2019

Ignacio Rial Santomé
Jefe territorial de Pontevedra