Descargar PDF Galego | Castellano| Português

DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 43 Viernes, 1 de marzo de 2019 Pág. 12045

V. Administración de justicia

Juzgado de Primera Instancia número 4 de Vigo

EDICTO (297/2016).

Yo, Ángel Gómez Santos, letrado de la Administración de justicia del Juzgado de Primera Instancia número 4 de Vigo, por el presente anuncio:

En el presente procedimiento seguido a instancia de Comunidad de Propietarios de la calle Redondela, 4, de Vigo frente a Antonio Álvarez Bello, María Encarnación Álvarez Bello, Dolores Álvarez Bello, José Reodan Álvarez Bello, herencia yaciente de Carmen Bello Parga, María del Pilar Álvarez Bello, Angélica Álvarez Bello, Camila Álvarez Bello se pronunció sentencia, cuyo encabezamiento y fallo son del tenor literal siguiente:

«Sentencia 187/2017

Vigo, 27 de septiembre de 2017.

Vistos por mí, Manuel Ángel Pereira Costas, magistrado del Juzgado de Primera Instancia número 4 de Vigo, los presentes autos de juicio verbal que, con el número 297/2016, se siguen a instancia de Comunidad de Propietarios de la calle Redondela, 4, de Vigo, representada por el procurador José Vicente Gil Tránchez y dirigida por el letrado José Manuel Cid Cid, contra de la herencia yaciente de Carmen Bello Parga, en cuyo nombre y representación no compareció nadie en las actuaciones, pero sí lo hicieron, como interesados en el proceso, Camila Álvarez Bello, representada por la procuradora María Piñeiro Peña y defendida por la letrada Susana Rodríguez Couto; Antonio Álvarez Bello, representado por la procuradora Patricia Conde Abuín y dirigido por el letrado Santiago Abeigón Vidal, y Angélica Álvarez Bello, representada por el procurador José Fernández González y defendida por la letrada María Elena Ferreiro Rodríguez, los cuales tienen por objeto una pretensión de reclamación de cuotas y gastos no abonados a una comunidad de propietarios en régimen de división horizontal.

Fallo.

Estimo parcialmente la demanda formulada por la Comunidad de Propietarios de la calle Redondela, 4, de Vigo, contra de la herencia yaciente de Carmen Bello Parga, y hago, en consecuencia, los siguientes pronunciamientos:

1°. Condeno a la herencia yaciente de Carmen Bello Parga a pagarle a la comunidad de propietarios demandante a cantidad de 1.150 euros.

2º. No procede efectuar pronunciamiento condenatorio en materia de costas procesales, en relación con ninguna de las partes e intervinientes en el presente proceso.

Notifíquese esta sentencia a las partes, a las cuales se les hará saber que es firme y que contra ella no cabe formular recurso de ningún tipo.

Así lo acuerdo, mando y firmo».

Y encontrándose la demandada María Encarnación Álvarez Bello en paradero desconocido, se expide el presente a fin de que sirva de notificación en forma a la misma.

Vigo, 30 de octubre de 2017

El letrado de la Administración de justicia