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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 33 Viernes, 15 de febrero de 2019 Pág. 9531

III. Otras disposiciones

Vicepresidencia y Consellería de Presidencia, Administraciones Públicas y Justicia

ORDEN de 7 de febrero de 2019 por la que se suprime la Oficina de Registro Auxiliar del Centro de Atención al Cuidadano, de Santiago de Compostela.

El Decreto 191/2011, de 22 de septiembre, de organización y funcionamiento de los registros de la Administración general y de las entidades públicas instrumentales de la Comunidad Autónoma de Galicia (DOG núm. 196, de 13 de octubre), dispone en su artículo 8.2 que la creación, modificación o supresión de las oficinas de registro auxiliares se hará mediante orden de la consellería competente en materia de administraciones públicas, a propuesta de la consellería o entidad correspondiente, previo informe de la Oficina de Registro General.

En el anexo I del Decreto 191/2011, de 22 de septiembre, de organización y funcionamiento de los registros de la Administración general y de las entidades públicas instrumentales de la Comunidad Autónoma de Galicia, figura la lista inicial de oficinas de registro. La relación actualizada de estas está a disposición de la ciudadanía en el portal institucional www.xunta.gal, según lo previsto en la disposición adicional segunda de ese decreto.

La Oficina de Registro Auxiliar del Centro de Atención al Ciudadano, dependiente del Servicio de Registro y Atención a la Ciudadanía de la Subdirección General de Coordinación del Registro y Atención a la Ciudadanía, que a su vez depende de la Secretaría General Técnica de la Vicepresidencia y Consellería de Presidencia, Administraciones Públicas y Justicia, está situada en la calle Dr. Teixeiro, 26 entreplanta, de Santiago de Compostela.

Dicha oficina presenta una serie de particularidades que hacen conveniente su cierre y la integración de sus medios personales y materiales en el Registro General, tanto por el número de entradas y el número y tipo de personas usuarias como por la inadecuación del local para la prestación del servicio.

Teniendo en cuenta lo dicho, es conveniente la supresión del Registro Auxiliar del Centro de Atención al Ciudadano y la adscripción de sus medios humanos y materiales al Registro General del Edificio Administrativo San Caetano.

Esta supresión se hace teniendo siempre en cuenta los principios de eficacia y economía que deben inspirar la actuación y la organización administrativa.

Por lo expuesto, y en uso de las facultades que me confieren los artículos 34.6 y 38 de la Ley 1/1983, de 22 de febrero, reguladora de la Xunta y de su Presidencia,

DISPONGO:

Artículo único

Se suprime el Registro Auxiliar del Centro de Atención al Ciudadano (calle Dr. Teixeiro, 26, entreplanta, Santiago de Compostela) y se adscriben sus medios humanos y materiales al Registro General del Edificio Administrativo San Caetano.

Disposición final primera

Lo establecido en esta orden no supondrá incremento de gasto.

Disposición final segunda

Esta orden entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

En esa misma fecha se actualizará para la ciudadanía la relación de oficinas de registro auxiliar, existente en la página web institucional.

Santiago de Compostela, 7 de febrero de 2019

Alfonso Rueda Valenzuela
Vicepresidente y conselleiro de Presidencia,
Administraciones Públicas y Justicia