Descargar PDF Galego | Castellano| Português

DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 32 Jueves, 14 de febrero de 2019 Pág. 9412

III. Otras disposiciones

Academia Gallega de Seguridad Pública

RESOLUCIÓN de 8 de febrero de 2018 por la que se convocan cursos de formación continua para el personal de los cuerpos de la policía local de los ayuntamientos de Galicia.

Una vez aprobado el programa anual de actividades para el año 2019 de la Academia Gallega de Seguridad Pública (Agasp) por el Consejo Rector, de acuerdo con lo establecido en el artículo 9.2.b) de la Ley 1/2007, de 15 de enero, de la Agasp, se convocan los cursos de formación continua dirigidos a los/las policías locales de Galicia, correspondientes al primer semestre del año 2019, cuyas bases y características se especifican en los anexos de esta resolución.

A Estrada, 8 de febrero de 2018

Santiago Villanueva Álvarez
Director general de la Academia Gallega de Seguridad Pública

ANEXO I

Bases

Primera. Destinatarios

Podrán participar en los cursos convocados por esta resolución los/las policías locales de Galicia que se encuentren en situación de servicio activo o excedencia por cuidado de familiares.

La baja laboral por incapacidad temporal impide la participación en las acciones formativas convocadas, por lo que, de producirse esta situación, los/las interesados/as deberán comunicarlo a la Agasp de manera inmediata, en el caso de no hacerlo serán penalizados con la no participación en acciones formativas de la Agasp en un año a contar desde el día siguiente a que se tenga conocimiento del hecho, y en el caso de estar realizando efectivamente un curso, no se emitirá diploma alguno del mismo.

Será revisable la admisión de personas en baja laboral por incapacidad temporal, cuando la misma venga producida por accidente de trabajo reconocido como tal y la asistencia al curso no interfiera en la recuperación.

Con carácter general, se reservará el 10 % de las plazas convocadas para personal de las fuerzas y cuerpos de seguridad del Estado que trabajen en Galicia, pudiendo ser superado dicho porcentaje en el supuesto de quedar plazas vacantes.

Si las solicitudes para participar en un curso no superan las 10 personas, la Agasp reservara la facultad de anular la actividad formativa.

Segunda. Solicitudes

1. El personal que desee participar en los cursos convocados en esta resolución deberá cubrir el formulario de matrícula telemática disponible en la página web de la Agasp
(htpp://agasp.xunta.es), no se admitirá ninguna otra forma o modelo de solicitud.

Es preciso que todas las personas que deseen participar en cursos de la Agasp mantengan actualizados sus datos personales, especialmente la cuenta de correo electrónico y el teléfono móvil, con el objeto de posibles comunicaciones, en el supuesto de no ser correctos o exactos dichos datos, la Agasp no es responsable de los posibles perjuicios causados a los interesados.

2. La falsedad u ocultación de datos esenciales para la selección de las personas solicitantes dará lugar a exclusión automática del curso solicitado, así como a la imposibilidad de participar en ningún otro curso durante el plazo de un año computado desde el momento en que se detecte el hecho.

3. Serán excluidas automáticamente aquellas solicitudes que no tengan cubiertos correctamente todos los datos para realizar la selección del alumnado, no se ajusten al modelo normativizado o sean presentadas fuera de plazo.

4. En el caso de encontrarse en alguno de los supuestos que a continuación se indican, el/la solicitante deberá remitir la Agasp, en el mismo plazo establecido para el envío de la solicitud de inscripción, la certificación original o fotocopia legalizada que acredite tal situación: (no será preciso, si tal documentación ya obra en poder de la Agasp, en este caso, deberán comunicarlo en la propia solicitud).

a) Profesionales que estén disfrutando o habían disfrutado en los dos últimos años, de una licencia de maternidad, de un permiso de paternidad, de una reducción de jornada o de una excedencia por cuidado de familiares.

5. Cuando el curso para el que presenta solicitud requiera la presentación de documentación complementaria con el objeto de acreditar circunstancias especificas de acuerdo con los criterios de selección, deberá remitir tal documentación por fax (886 20 61 22) por correo electrónico (formacion.agasp@xunta.gal) o, de acuerdo con lo establecido en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

6. El plazo de presentación de solicitudes será desde las 8.00 horas del día siguiente al de la publicación de esta resolución en el DOG hasta las 14.00 horas del día 25 de febrero de 2019 para los cursos programados para el mes de marzo y hasta el 11 de marzo el resto de los cursos programados.

7. El número máximo de cursos que se pueden solicitar en esta convocatoria se limita a 5.

En caso de que una misma persona presente más solicitudes de las permitidas, la Agasp de manera automática elegirá las primeras 5 acciones formativas solicitadas.

8. No está permitida la realización de cursos que tengan simultaneidad de horarios en una o varias sesiones presenciales. Cuando el alumnado tenga conocimiento de que fue seleccionado para un curso que tenga coincidencia horaria con otro en el que ya fue seleccionado debe renunciar a uno de ellos. En caso de que se compruebe con posterioridad la realización simultánea de varias actividades, no se expedirá certificación de ninguna de ellas, y el/la alumno/a no podrá participar en otros cursos durante un año desde que se detecte este hecho.

Tercera. Criterios generales de selección

Los criterios generales de selección son los que a continuación se indican, sin perjuicio que cursos específicos se requieran otros diferentes, lo cual se indicará en la ficha de cada acción formativa concreta.

1. Menor número de cursos realizados en la Agasp en los dos últimos años.

2. Por orden de inscripción.

Tendrán preferencia en la selección los/las candidatos/as que estén disfrutando o disfrutaran, en los dos últimos años de una licencia de maternidad, de un permiso de paternidad, de una reducción de la jornada o de una excedencia para el cuidado de familiares, siempre que cumplan con los requisitos objetivos para ser destinatarios del curso.

Además, de conformidad con lo establecido en el artículo 37 bis de la Ley 7/2004, para la igualdad de hombres y mujeres, en los cursos, jornadas u otras actividades formativas organizadas o financiadas por la Administración pública gallega, se reservará un 50 % de las plazas a mujeres que reúnan los requisitos exigidos en la convocatoria.

Cuarta. Admisión

1. La Agasp publicará en su página web la relación de personas seleccionadas para participar en cada curso, así como un número adecuado de reservas con, por lo menos, 5 días de antelación al inicio de cada curso.

Los/las alumnos/as seleccionados serán informados de su selección a través del correo electrónico y de la mensajería telefónica.

La Agasp se reserva el derecho de solicitar a los ayuntamientos de procedencia todos aquellos datos que considere necesarios para la adecuada realización de la selección.

2. El alumnado seleccionado sólo podrá renunciar al curso por causas de fuerza mayor suficientemente justificada o necesidad del servicio siempre que se acredite documentalmente el hecho alegado por el/la jefe/a del cuerpo de la policía local del ayuntamiento en el que trabaje o persona responsable del mismo.

En el caso de cambios de cuadrante o turnos de trabajo, deberá quedar acreditado suficientemente los motivos de los mismos y que se conocieron con posterioridad a solicitud de inscripción en el curso.

La renuncia debe ser comunicada por escrito a través del modelo que figura en la página web de la Agasp y con una antelación de 3 días hábiles al inicio del curso, con el fin de poder cubrir la vacante.

La renuncia no justificada o la no acreditación documental de la causa que la produce supondrá la exclusión de la persona seleccionada en los siguientes 10 cursos que convoque el Servicio de Formación en Seguridad Pública de la Agasp y en los que la persona figure como posible destinataria de los mismos, sin contar ediciones repetidas, cursos ya realizados y que, por lo menos, tengan la misma carga horaria del curso por el que fue penalizado.

Quinta. Asistencia a los cursos

1. Es obligatoria la asistencia con puntualidad a todas las sesiones de los cursos.

Durante la realización de los cursos se llevará un control permanente de la asistencia a través de los sistemas que se establezcan al efecto, pudiendo realizarse controles de asistencia extraordinarios.

Únicamente se autorizará la ausencia por causas justificadas y debidamente acreditadas y, en ningún caso, podrá superar el 10 % de las horas lectivas.

La ausencia justificada superior al 10 % del total de las horas lectivas supondrá la pérdida del derecho la expedición del diploma, en el caso de haber una segunda edición del curso en cuestión, el Servicio de Formación en Seguridad Pública, podrá valorar la posibilidad de que el/la alumno/a pueda recuperar las horas no realizadas en la edición anterior, en todo caso para poder valorar esta posibilidad no pueden transcurrir más de seis meses entre una edición y la siguiente.

La falta de asistencia de un número superior al 10 % de las horas lectivas sin justificación o falta de acreditación documental de la causa alegada en él no sólo dará lugar a la pérdida del derecho al diploma del curso sino también a la penalización con la no participación en cursos de la Agasp durante un año, a contar desde el día siguiente al de la finalización del curso.

2. El alumnado asistirá a los cursos con el uniforme reglamentario. En el caso de no hacerlo, y no existir causa suficientemente justificada, la Agasp podrá impedir la asistencia al curso y no emitirá diploma ni certificado acreditativo alguno.

Sexta. Certificación

En los cursos de aprovechamiento el alumnado deberá superar una prueba de evaluación que se llevará a cabo al final de los mismos.

Séptima. Desarrollo de los cursos

1. La Agasp podrá suspender la realización de actividades formativas convocadas cuando sea necesario por motivos técnicos o insuficiencia de solicitudes de participación.

2. La Agasp podrá modificar las fechas, horarios, contenidos y desarrollo de los cursos, así como resolver todas las contingencias e incidentes que puedan surgir.

3. La Agasp podrá programar cursos diferentes cuando así venga exigido por circunstancias que afecten la organización, gestión y docencia.

ANEXO II

Código

Denominación

Horas

Plazas

Fecha comienzo

Fecha final

Tráfico y seguridad viaria

191051

Operadores de radar

20

25

3.4.2019

5.4.2019

191052

Operadores de radar

20

25

13.5.2019

15.5.2019

191007

Detección de drogas en la conducción.

16

25

11.3.2019

12.3.2019

191009

Operativa policial aplicada a la circulación de vehículos extranjeros

24

25

27.5.2019

30.5.2019

Policía comunitaria. Policía de cercanías

191010

Policía comunitaria

16

16

20.3.2019

21.3.2019

191011

Relación con los medios de comunicación

8

16

8.4.2019

8.4.2019

191012

Actuación policial ante los tribunales

24

16

7.3.2019

21.3.2019

191013

Gestión del estrés

12

16

3.6.2019

4.6.2019

Área jurídica. Policía administrativa

191014

Aplicación práctica de la Ley de seguridad ciudadana

16

25

21.3.2019

22.3.2019

191050

Nueva normativa de protección de datos

16

25

4.3.2019

5.3.2019

191015

Ley de espectáculos públicos de Galicia

4

25

14.3.2019

14.3.2019

191016

Medición de ruidos.

20

25

6.3.2019

8.3.2019

191017

Medición de ruidos.

20

25

14.5.2019

16.5.2019

191019

Policía local y medio ambiente: actualización

16

25

25.3.2019

26.3.2019

191018

Acoso escolar. Redes sociales

16

25

8.4.2019

9.4.2019

191063

Drogas facilitadoras del asalto sexual y sumisión química

8

25

6.5.2019

6.5.2019

191064

Alcohol y menores. Del botellón y la Ley 11/2010 a la prevención integral

8

25

14.5.2019

14.5.2019

191065

Menores e internet. Desde el grooming al juego en línea que pueden hacer hoy las FFCCSS

16

25

29.4.2019

30.4.2019

191069

La potestad sancionadora de las administraciones públicas

24

25

4.3.2019

12.3.2019

191070

Contenido y novedades de la Ley 39/2015 y de la Ley 40/2015

32

25

20.3.2019

1.4.2019

191071

Transparencia y reutilización de la información

20

25

22.4.2019

26.4.2019

191073

Responsabilidad civil y penitenciaria de las fuerzas y cuerpos de Seguridad del Estado

32

20

12.3.2019

15.3.2019

191074

medidas de investigación en el proceso penal

32

20

2.4.2019

5.4.2019

Violencia de género

191027

Actuación policial ante un supuesto de violencia de género

12

25

26.3.2019

27.3.2019

191028

Actuación policial ante un supuesto de violencia de género

12

25

11.3.2019

12.3.2019

191029

Los menores como víctimas

8

25

20.3.2019

20.3.2019

191030

Los menores como víctimas

8

25

24.4.2019

24.4.2019

191031

Instrucción de diligencias en violencia de género

12

25

6.5.2019

7.5.2019

191032

Instrucción de diligencias en violencia de género

12

25

20.5.2019

21.5.2019

191033

Protocolo de intervención policial con el maltratador

16

25

27.5.2019

28.5.2019

191034

Protocolo de intervención policial con el maltratador

16

25

28.5.2019

29.5.2019

El terrorismo yihadista

191021

Coordinación con las FFCC del Estado: primera actuación. Incidentes AMOK

8

20

8.4.2019

8.4.2019

191022

Coordinación con las FFCC del Estado: primera actuación. Incidentes AMOK

8

20

9.4.2019

9.4.2019

Táctica policial

191023

Control de masas en lugares con aglomeraciones de personas

16

16

1.4.2019

2.4.2019

191024

Control de masas en lugares con aglomeraciones de personas

16

16

10.6.2019

11.6.2019

191038

Actuación en intervenciones en espacios confinados

20

16

4.3.2019

13.3.2019

191025

KRAV MAGA

8

16

5.3.2019

7.3.2019

191026

KRAV MAGA

8

16

21.5.2019

23.5.2019

Utilización medios de dotación policial

191035

Manejo y utilización operativa del bastón policial extensible

20

16

18.3.2019

27.3.2019

191043

Tiro con poca visibilidad o nocturno

12

12

22.4.2019

23.4.2019

191042

Uso de la linterna

4

12

17.6.2019

17.6.2019

191037

Conducción 4×4

16

16

12.6.2019

13.6.2019

191040

Conducción de vehículos policiales

12

12

11.3.2019

13.3.2019

Área técnica

191044

Formación en desfibrilación semiautomática externa (DESA)

8

16

2.5.2019

2.5.2019

191045

Formación en desfibrilación semiautomática externa (DESA)

8

16

13.5.2019

13.5.2019

191053

Lenguaje de signos

16

16

3.6.2019

24.6.2019

191046

Seguridad y autoprotección en entornos acuáticos

16

16

23.5.2019

24.5.2019

191047

Seguridad y autoprotección en entornos acuáticos

16

16

26.6.2019

27.6.2019

191054

Patrón de embarcaciones de recreo (PER)

50

20

1.4.2019

31.5.2019

191020

Intervención de la policía con perros y demás animales

32

25

6.3.2019

27.3.2019