Procedimiento ordinario 128/2017
Procedimiento de origen: monitorio 128/2017
Sobre: otras materias
Demandante: Novadelta Comercio de Cafés España, S.A.U.
Procurador: Ricardo García-Piccoli Atanes
Abogada: Tamara Campos Rodríguez
Demandada: María Ángela Montero Ares
Yo, José Luis Pérez García, letrado de la Administración de justicia del Juzgado de Primera Instancia número 1 de Santiago de Compostela, por el presente
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En este procedimiento de juicio ordinario 128/2017, seguido a instancia de Novadelta Comercio de Cafés España, S.A.U. frente a María Ángela Montero Ares, se ha dictado sentencia cuyo tenor literal es el siguiente:
Sentencia 146/2017
Magistrado juez: Jorge Martínez Vázquez
Demandante: Novadelta Comercio de Cafés España, S.A.U.
Procurador: Sr. García-Piccoli Atanes
Abogada: Sra. Campos Rodríguez
Demandada: María Ángela Montero Ares (en rebeldía procesal)
Juicio ordinario 128/2017, sobre reclamación de cantidad
Santiago de Compostela, 15 de septiembre de 2017
Fallo
Estimar parcialmente la demanda interpuesta por Novadelta Comercio de Cafés España, S.A.U., representada por el Sr. García-Piccoli Atanes, contra María Ángela Montero Ares, en rebeldía procesal, y condeno a la demandada a abonar a la actora 5.500 euros, más los intereses del artículo 576 de la Ley de enjuiciamiento civil.
Ello sin imposición de costas a una u otra parte.
Notifíquese esta sentencia a las partes, haciéndoles saber que contra la misma cabe recurso de apelación que, en su caso, deberá interponerse ante este mismo juzgado dentro de los veinte días siguientes a que se notifique esta resolución.
Para la interposición del recurso de apelación será necesaria la previa constitución de depósito de 50 euros, que deberá consignarse en la cuenta de depósitos y consignaciones del juzgado, debiéndose justificar la consignación en el momento de presentar el escrito de interposición. Si el recurso se estimare total o parcialmente se restituirá el depósito, que se perderá para sufragar las actividades del Ministerio de Justicia y comunidades autónomas en caso de desestimación total. Quedan exentos quienes tengan reconocido el derecho de asistencia jurídica gratuita, así como el Ministerio Fiscal, administraciones públicas y organismos autónomos.
Llévese el original al libro de sentencias.
Por esta mi sentencia, de la que se expedirá testimonio para incorporarlo a las actuaciones, lo pronuncio, mando y firmo. Jorge Martínez Vázquez, magistrado juez de este juzgado.
Y encontrándose dicha demandada, María Ángela Montero Ares, en paradero desconocido, se expide el presente edicto a fin de que sirva de notificación en forma al mismo.
Santiago de Compostela, 10 de noviembre de 2017
El letrado de la Administración de justicia