Procedimiento ordinario 350/2016
Demandante: Maderas Ramos Moreira, S.L.
Procuradora: Sra. Cayetana Marín Couceiro
Abogado: José Soto Carballada
Demandada: Vasse Cocina y Baño, S.L.
Mariña Vila Suárez, letrada de la Administración de justicia, del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 2 de A Estrada, por el presente,
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En el presente procedimiento ordinario número 350/2016 seguido a instancia de Maderas Ramos Moreira, S.L., frente a Vasse Cocina y Baño, S.L., se ha dictado sentencia en fecha 23 de mayo de 2018, cuyo encabezamiento y fallo es del tenor siguiente:
«Sentencia número 24/2018.
Magistrada jueza que la dicta: Alejandra Iglesias Cereijo.
A Estrada, 23 de mayo de 2018.
Vistos por mí, Alejandra Iglesias Cereijo, magistrada jueza titular del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 2 de A Estrada, los autos del juicio ordinario 350/2016, instado por Maderas Ramos Moreira, S.L., representada por la procuradora de los tribunales Cayetana Marín Couceiro y asistida del letrado José Soto Carballada contra Vasse Cocina y Baño, S.L., que está declarada en situación de rebeldía procesal, se estima la demanda interpuesta por Maderas Ramos Moreira, S.L., representada por la procuradora Sra. Marín Couceiro contra Vasse Cocina y Baño, S.L., en situación de rebeldía procesal.
Se condena al demandado al pago de la cantidad de cuarenta y tres mil ochocientos setenta y un euros con veinticinco céntimos de euro (43.871,25 euros), así como al pago de los interés legales desde la fecha de presentación de la demanda.
Se impone a la demandada el pago de las costas procesales.
Notifíquese a las partes la presente resolución, indicando que la misma no es firme y contra ella cabe recurso de apelación.
Así lo acuerdo, mando y firmo».
Y encontrándose dicho demandado, Vasse Cocina y Baño, S.L., en paradero desconocido, se expide el presente a fin de que sirva de notificación en forma al mismo.
A Estrada, 31 de julio de 2018
La letrada de la Administración de justicia