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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 232 Miércoles, 5 de diciembre de 2018 Pág. 51272

V. Administración de justicia

Tribunal Superior de Justicia de Galicia (Sala de lo Social)

EDICTO (RSU 2263/2018-IP).

Tribunal Superior de Justicia de Galicia. Sala de lo Social de A Coruña

Secretaria: Sra. Freire Corzo

Tipo y número de recurso: RSU. Recurso de suplicación 2263/2018-IP

Juzgado de origen/autos: Seguridad Social 858/2015. Juzgado de lo Social número 4 de A Coruña

Recurrente: Felipe Manuel Santiago Pedrosa

Abogado: Federico Novo Prego

Recurridos: Instituto Nacional de la Seguridad Social, Tesorería General de la Seguridad Social, Fogasa, Prosegur Seguridad, S.A., Mutua Gallega de Accidentes de Trabajo, Umivale Mutua de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales, S.S. nº 15

Abogados: letrado/a de la Seguridad Social, letrado/a de la Tesorería de la Seguridad Social, letrado/a de Fogasa, Sonsoles María Sueiro Lemus, Lorenzo Sabell Peláez

Yo, María Isabel Freire Corzo, letrada de la Administración de justicia de la Sección número 1 de la Sala Segunda de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, hago saber que en el procedimiento de recurso de suplicación 2263/2018 de esta sección, seguido a instancia de Felipe Manuel Santiago Pedrosa, sobre accidente de grado, se ha dictado la siguiente resolución:

«Casación en unificación de doctrina: 301/2018-IP.

Parte recurrente: Felipe Manuel Santiago Pedrosa

Diligencia de ordenación de la letrada de la Administración de justicia María Isabel Freire Corzo.

A Coruña, 13 de noviembre de 2018.

El anterior escrito presentado por el letrado Federico Novo Prego, en nombre y representación de Felipe Manuel Santiago Pedrosa, se une al recurso de su razón. Se tiene por preparado el recurso de casación para unificación de doctrina y se concede a la parte recurrente el plazo de quince días para interponer el recurso ante esta sala, haciéndole saber que los autos se encuentran a su disposición en la oficina judicial para su entrega o examen si lo considera necesario.

Requiérase a la recurrente para que aporte, en el momento de interposición del recurso, certificación de las sentencias que invoca, con expresión de su firmeza.

Notifíquese a las partes, haciéndoles saber que contra la presente resolución no cabe recurso alguno, sin perjuicio de que la parte recurrida pueda oponerse a la admisión del recurso al personarse ante el Tribunal Supremo.

A la parte Sistemas de Seguridad S&V Seguridad, S.A.U. notifíquese la presente por medio de edicto que se publicará en el Diario Oficial de Galicia.

La letrada de la Administración de justicia».

Para que sirva de notificación en legal forma a Sistemas de Seguridad S&V Seguridad, S.A.U, en ignorado paradero, expido el presente edicto para su inserción en el Diario Oficial de Galicia.

Se le advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo en el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

A Coruña, 13 de noviembre de 2018

La letrada de la Administración de justicia