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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 224 Viernes, 23 de noviembre de 2018 Pág. 49967

V. Administración de justicia

Juzgado de lo Social número 2 de A Coruña

EDICTO (55/201).

Yo, María Adelaida Egurbide Margañón, letrada de la Administración de justicia del Juzgado de lo Social número 2 de A Coruña, hago saber que en el procedimiento Monitorio 55/2018 de este juzgado de lo social, seguido a instancia de Stanislav Ivanov contra la empresa Govannon Gestion, S.L. con la intervención de Fogasa sobre ordinario, se ha dictado la siguiente resolución, cuyos antecedentes y parte dispositiva se adjunta:

«Decreto.

Letrada de la Administración de justicia, María Adelaida Egurbide Margañón.

A Coruña, 18 de junio de 2018.

Antecedentes de hecho.

Primero. Por Stanislav Ivanov, presentó petición inicial de procedimiento monitorio dirigida frente a Govannon Gestión, S.L., y con la intervención de Fogasa en reclamación de la cantidad de cuatro mil doscientos veinticuatro con dieciséis céntimos (4.224,16 €).

Segundo. Admitida a trámite la solicitud, se acordó requerir de pago al empresario para que en el plazo de diez días pagara al trabajador la cantidad reclamada o, en otro caso, presentara escrito de oposición alegando sucintamente las razones para no hacerlo. Ha transcurrido el plazo sin que el demandado haya comparecido ni presentando escrito de oposición o acreditando el abono.

Parte dispositiva.

Acuerdo:

1. Archivar el presente procedimiento monitorio instado por Stanislav Ivanov, frente a Govannon Gestion, S.L. y con la intervención del Fogasa.

2. Dar traslado a la parte actora a fin de que presente demanda de ejecución, en el caso de que desee proceder al despacho de la misma y que deberá presentar en la oficina de decanato como demanda.

Notifíquese a las partes,

Mogo de impugnación: podrá interponerse recurso directo de revisión ante quien dicta esta resolución mediante escrito que deberá expresar la infracción cometida a juicio del recurrente, en el plazo de tres días hábiles siguientes a su notificación (artículo 188.2 de la LJS). El recurrente que no tenga la condición de trabajador o beneficiario de régimen público de la Seguridad Social deberá hacer un depósito para recurrir de 25 euros en la cuenta número 1532/0000/--/----/-- del Banco Santander, debiendo indicar en el campo concepto, la indicación recurso seguida del código “31 Social-Revisión”. Si el ingreso se hace mediante transferencia bancaria deberá incluir tras la cuenta referida, separados por un espacio con la indicación “recurso” seguida del “código 31 Social-Revisión”. Si efectuare diversos pagos en la misma cuenta, deberá especificar un ingreso por cada concepto, incluso si obedecen a otros recursos de la misma o distinta clase indicando en el campo de observaciones la fecha de la resolución recurrida utilizando el formato dd/mm/aaaa. Quedan exentos de su abono, en todo caso, el Ministerio Fiscal, el Estado, las comunidades autónomas, las entidades locales y los organismos autónomos dependientes de ellos.

La letrada de la Administración de justicia».

Y para que sirva de notificación en legal forma a la mercantil Govannon Gestion, S.L., en ignorado paradero, expido el presente edicto para su inserción en el Boletín Oficial de la provincia de A Coruña.

A Coruña, 30 de octubre de 2018

La letrada de la Administración de justicia