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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 219 Viernes, 16 de noviembre de 2018 Pág. 49291

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Consellería de Infraestructuras y Movilidad

ANUNCIO de 16 de octubre de 2018, del Servicio de Movilidad de A Coruña, por el que se notifican los acuerdos de incoación de expedientes sancionadores en materia de transportes terrestres devueltos por el servicio de Correos porque, intentada la notificación, no se ha podido efectuar (expediente XC-01414-O-2018 y cinco más).

La persona titular del Servicio de Movilidad de A Coruña acordó la incoación de los expedientes sancionadores número XC-01414-O-2018 y otros cinco más por infracción de la normativa sobre transporte terrestre.

Intentada la notificación del acuerdo de incoación por correo certificado con acuse de recibo en el domicilio que consta en el correspondiente expediente sancionador, ésta fue devuelta por el servicio de Correos. Por este motivo y de conformidad con el artículo 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, la notificación se efectúa por medio de un anuncio publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE), que previamente se publica en el Diario Oficial de Galicia. En consecuencia, mediante este anuncio se notifican los acuerdos de incoación dictados a las personas interesadas.

Se les informa que los expedientes sancionadores se encuentran a su disposición en las oficinas del Servicio de Movilidad de A Coruña.

Se les otorga un plazo de quince (15) días hábiles a contar desde el día siguiente al de la publicación de este anuncio en el BOE para alegar lo que consideren conveniente, presentando o proponiendo las pruebas que estimen oportunas.

En el supuesto de que decida voluntariamente pagar la sanción antes de que transcurran treinta días a contar desde el siguiente al de la publicación del presente anuncio en el BOE, su cuantía se reducirá en un 30 % en la forma prevista en el artículo 146.3 de la Ley 16/1987, de 30 de julio, de ordenación de los transportes terrestres. La realización de dicho pago implica la conformidad con los hechos denunciados, la renuncia a formular alegaciones por parte de la persona interesada y la terminación del procedimiento sancionador.

A Coruña, 16 de octubre de 2018

César Concheiro Ceide
Instructor jefe del Servicio de Movilidad de A Coruña

anexo

Expediente

Matrícula

Denunciado

DNI/CIF

Infracción denunciada

Fecha-Hora-Carretera-p.k.

Precepto calificador

Precepto sancionador

Sanción propuesta

XC-01414-O-2018

1357-KBL

Francisco Javier Santos Ameneiro

33300889V

Atenuante. Realizar transporte público de mercancías en vehículo ligero, careciendo de título habilitante.

16.5.2018; 12.05; AP-9; 67,0

Artículo 141.25 en relación con el artículo 140.1 de la LOTT

Artículo 143.1.k) en relación con la letra f) de la LOTT

801 euros

XC-01593-O-2018

1078KFG

Gningue Amadou Tidiane

X2936166D

Atenuante. Realizar transporte público de mercancías en vehículo ligero, careciendo de título habilitante.

7.5.2018; 9.32; AP-9; 67,0

Artículo 141.25 en relación con el artículo 140.1 de la LOTT

Artículo 143.1.k) en relación con la letra f) de la LOTT

801 euros

XC-02844-I-2017

0877 CSG

Iván Taboada Betetos

45848977H

Atenuante. Realizar transporte público de mercancías en vehículo ligero, careciendo de título habilitante.

17.10.2017; 10.32; N-634; 664,000

Artículo 141.25 en relación con el artículo 140.1 de la LOTT

Artículo 143.1.k) en relación con la letra f) de la LOTT

801 euros

XC-02845-I-2017

0877 CSG

Iván Taboada Betetos

45848977H

El exceso igual o superior al 15 % e inferior al 25 % sobre la MMA total en vehículos con MMA hasta 12 toneladas. Exceso de peso igual o superior al 21 %.

17.10.2017; 10.26; N-634; 664

Artículo 141.2 de la LOTT

Artículo 143.1.f) de la LOTT

950 euros

XC-03043-O-2017

6957-HLT

Pan Chunling

X-4274420-P

El exceso igual o superior al 25 % sobre la MMA total en vehículos con MMA hasta 12 toneladas. Exceso de peso igual o superior al 25 %.

29.9.2017; 3.26; A-6; 557,3

Artículo 140.23 de la LOTT

Artículo 143.1.h) de la LOTT

2.001 euros

XC-03062-O-2017

2479-CSJ

Antonio Vázquez García

34228409Q

Atenuante. Realizar transporte público de mercancías en vehículo ligero, careciendo de título habilitante.

29.9.2017; 8.44; N-547; 43,0

Artículo 141.25 en relación con el artículo 140.1 de la LOTT

Artículo 143.1.k) en relación con la letra f) de la LOTT

801 euros