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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 217 Miércoles, 14 de noviembre de 2018 Pág. 48942

V. Administración de justicia

Tribunal Superior de Justicia de Galicia (Sala de lo Social)

EDICTO (RSU 1938/2018-MBL).

Tipo y número de recurso: recurso de suplicación (RSU) 1938/2018-MBL

Juzgado de origen/autos: despido/ceses en general 146/2018 Juzgado de lo Social número 2 de Vigo

Recurrente: Walter Luis Samuelle Alonso

Abogado: Breogán Pérez González

Recurridos: Fogasa, Anseris Hostelería, S.L.

Abogado: letrado de Fogasa

Yo, M. Asunción Barrio Calle, letrada de la Administración de justicia de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, hago saber que en el procedimiento de recurso de suplicación 1938/2018 de esta sección, seguido a instancia de Walter Luis Samuelle Alonso contra Fogasa y Anseris Hostelería, S.L., sobre despido disciplinario, se ha dictado la siguiente resolución:

«Que desestimando el recurso de suplicación interpuesto por la representación letrada de la parte actora contra la sentencia de fecha veinticinco de abril de dos mil dieciocho, dictada por el Juzgado de lo Social número 2 de los de Vigo en los autos número 146/2018, seguidos a instancias del actor Walter Luis Samuelle Alonso contra la empresa Anseris Hostelería, S.L. y el Fondo de Garantía Salarial, debemos confirmar y confirmamos la sentencia de instancia.

Incorpórese el original de esta sentencia, por su orden, al libro de sentencias de este Tribunal Superior de Justicia de Galicia, Sala de lo Social.

Modo de impugnación: se hace saber a las partes que contra esta sentencia cabe interponer recurso de casación para unificación de doctrina, que ha de prepararse mediante escrito presentado ante esta sala dentro del improrrogable plazo de diez días hábiles inmediatos siguientes a la fecha de notificación de la sentencia. Si el recurrente no tuviera la condición de trabajador o beneficiario del régimen público de la Seguridad Social deberá efectuar:

– El depósito de 600 € en la cuenta de 16 dígitos de esta sala, abierta en el Banco de Santander (Banesto) con el número 1552 0000 37, seguida de cuatro dígitos correspondientes al número del recurso y dos dígitos del año del mismo.

– Asimismo, si hay cantidad de condena deberá consignarla en la misma cuenta, pero con el código 80 en vez del 37 ó bien presentar aval bancario solidario en forma.

– Si el ingreso se hace mediante transferencia bancaria desde una cuenta abierta en cualquier entidad bancaria distinta, habrá que emitirla a la cuenta de veinte dígitos 0049 3569 92 0005001274 y hacer constar en el campo “Observaciones o concepto de la transferencia” los 16 dígitos que corresponden al procedimiento (1552 0000 80 ó 37 **** ++).

Así, por esta nuestra sentencia, lo pronunciamos, mandamos y firmamos».

Y para que sirva de notificación en legal forma a Anseris Hostelería, S.L., en ignorado paradero, expido el presente edicto para su inserción en el Diario Oficial de Galicia.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

A Coruña, 24 de octubre de 2018

La letrada de la Administración de justicia