El secretario general técnico dictó las resoluciones de los recursos presentados en los expedientes sancionadores número RA/DXM/CIV/2017/00765 y siete más por infracción de la normativa sobre transporte terrestre.
Intentadas las notificaciones de las resoluciones por correo certificado con justificante de recepción en los domicilios que constan en los correspondientes expedientes sancionadores, éstas fueron devueltas por el servicio de Correos. Por este motivo y de conformidad con el artículo 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, las notificaciones se efectúan por medio de un anuncio publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE), que previamente se publica en el Diario Oficial de Galicia. En consecuencia, mediante este anuncio se notifican las resoluciones dictadas a las personas interesadas.
Según establece el artículo 46 de la citada ley, las personas interesadas disponen de un plazo de diez (10) días, contados desde el día siguiente al de la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial del Estado, para examinar la resolución en la Secretaría General Técnica de la Consellería de Infraestructuras y Vivienda, situada en el Complejo Administrativo de San Caetano, en Santiago de Compostela (A Coruña).
Contra dicha resolución, que pone fin a la vía administrativa, cabe recurso contencioso-administrativo ante el juzgado de lo contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de la publicación de este anuncio en el BOE de conformidad con los artículos 8 y 14 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.
En caso de no haber abonado el importe de la sanción, deberá pagar su importe dentro del plazo establecido en el artículo 62 de la Ley 58/2003, de 12 de diciembre, general tributaria, empleando el modelo impreso que se facilitará en las oficinas de la Secretaría General Técnica de la Consellería de Infraestructuras y Vivienda.
De no efectuarse el ingreso en dicho plazo, se procederá a su cobro por la vía de apremio, según lo dispuesto en el artículo 101 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
Santiago de Compostela, 26 de septiembre de 2018
Joaquín Macho Canales
Secretario general técnico de la Consellería de Infraestructuras y Vivienda
ANEXO
Expediente Número recurso Matrícula |
Recurrente |
Infracción cometida Datos de la denuncia: fecha; hora; carretera; p.k. |
Precepto |
Sanción impuesta |
Resolución del recurso |
LU-02114-O-2014 RA/DXM/CIV/2017/00765 PB2802PA/34FN5396 |
Petko Angelov Bg Eood |
Disminución del descanso diario, en conducción en equipo, superior al 50 % (sobre 9 horas en un período de 30 horas). Menos de 4 horas y 30 minutos. 30.8.2014; 19.41; NVI; 522 |
Art. 140.37.1 LOTT |
2.000,00 € |
Desestimatoria, confirmando la sanción impuesta |
OU-02179-O-2014 RA/DXM/CIV/2017/00781 5570-CWV/R-2079-BBS |
Ruibal Costa, Pedro |
La carencia a bordo del vehículo de las hojas de registro de los tiempos de conducción y descanso ya utilizadas o de los documentos de impresión que resulte obligatorio llevar, con independencia del tipo de tacógrafo, analógico o digital, que se esté utilizando. 8.11.2014; 1.34; A52; 210,0 |
Art. 140.35 LOTT |
1.001,00 € |
Desestimatoria, confirmando la sanción impuesta |
XC-01225-O-2015 RA/DXM/CIV/2017/00784 2818-HFL/R-5937-BBK |
Nieto Ares, S.L. |
Realizar transporte público de mercancías careciendo de título habilitante. 10.12.2014; 11.41; N634; 709,5 |
Art. 140.1 LOTT |
4.001,00 € |
Desestimatoria, confirmando la sanción impuesta |
PO-01014-O-2015 RA/DXM/CIV/2017/00789 2400-FZF |
Obras, Transportes y Construcciones Fontefría, S.L. |
La falta de identificación del conductor en una hoja de registro o documento de impresión de los tiempos de conducción y descanso, consistente en no consignar los apellidos y/o nombre, o no consignar toda la información cuando las normas de la UE reguladoras de la materia le atribuyan la consideración de infracción muy grave. 23.1.2015; 9.01; N550; 127,5 |
Art. 140.22 LOTT |
601,00 € |
Estimar parcialmente, en el sentido de rebajarle la sanción a la cantidad de 601 euros |
PO-00593-O-2015 RA/DXM/CIV/2017/00790 0089-BWS |
Obras, Transportes y Construcciones Fontefría, S.L. |
La falta de identificación del conductor en una hoja de registro o documento de impresión de los tiempos de conducción y descanso, consistente en no consignar los apellidos y/o nombre, o no consignar toda la información cuando las normas de la UE reguladoras de la materia le atribuyan la consideración de infracción muy grave. 15.12.2014; 17.16; N550; 126,0 |
Art. 140.22 LOTT |
601,00 € |
Estimar parcialmente, en el sentido de rebajarle la sanción a la cantidad de 601 euros |
XC-02743-O-2015 RA/DXM/CIV/2017/00794 8035-BKL |
Nalu Pro Center |
La realización de transporte regular de viajeros de uso especial, careciendo de título habilitante. 14.11.2014; 9.15; AC550; 2,00 |
Art. 140.1 LOTT |
4.001,00 € |
Desestimatoria, confirmando la sanción impuesta |
OU-00166-O-2015 RA/DXM/CIV/2017/00796 4899-BZD/R-5039-BBC |
Amador García Alonso |
El inadecuado funcionamiento imputable al transportista del tacógrafo, o de alguno de sus elementos. 13.01.2015; 12.37; A52; 183,0 |
Art. 140.33 LOTT |
1.001,0 € |
Desestimatoria, confirmando la sanción impuesta |
XC-06078-O-2014 RA/DXM/CIV/2017/00797 C-1374-CB |
Autocares Ferma, S.L. |
Realizar transporte público de viajeros de uso especial incumpliendo las condiciones esenciales de la autorización especial. 6.7.2014; 20.09; DP-3006; 1,6 |
Art. 140.28 LOTT |
1.001,0 € |
Inadmitir, confirmando la sanción impuesta |