Yo, María Teresa Vázquez Abades, letrada de la Administración de justicia del Juzgado de lo Social número 1 de Santiago de Compostela, hago saber que en el procedimiento de ejecución de títulos judiciales 167/2018 de este juzgado de lo social, seguido a instancia de Juan Carlos Rodríguez López contra Servimar Innova, S.L., Fogasa, se han dictado las siguientes resoluciones, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:
«Auto
Magistrada jueza: Paula Méndez Domínguez
Santiago de Compostela, 5 de septiembre de 2018
Parte dispositiva
Dispongo: despachar orden general de ejecución de la sentencia nº 522/2017 de fecha 21.11.2017 dictada en el procedimiento ordinario 689/2015 a favor de la parte ejecutante, Juan Carlos Rodríguez López, frente a Servimar Innova, S.L., Fogasa, parte ejecutada, por importe de 2.234,86 euros en concepto de principal (1.822,85 euros en concepto de salario y liquidación por cese, 412,01 euros en concepto de intereses del artículo 29.3 del ET respecto de la cantidad anterior), más otros 223,48 euros que se fijan provisionalmente en concepto de intereses que, en su caso, puedan devengarse durante la ejecución y las costas de ésta, sin perjuicio de su posterior liquidación.
Contra este auto podrá interponerse recurso de reposición, a interponer ante este órgano judicial, en el plazo de los tres días hábiles siguientes a su notificación.
Así lo acuerda y firma SSª. Doy fe.
La jueza |
La letrada de la Administración de justicia». |
«Decreto
Letrada de la Administración de justicia: María Teresa Vázquez Abades.
Santiago de Compostela, 5 de septiembre de 2018
Parte dispositiva
Acuerdo en cumplimiento del requisito que se contiene en el artículo 276.3 y previo a la estimación en la presente ejecutoria de la pervivencia de la declaración de insolvencia de la parte ejecutada Servimar Innova, S.L., dar audiencia previa a la parte actora Juan Carlos Rodríguez López y al Fondo de Garantía Salarial, por término de quince días para que puedan señalar la existencia de nuevos bienes, y de su resultado se acordará lo procedente.
Modo de impugnación: contra la presente resolución cabe recurso directo de revisión que deberá interponerse ante quien dicta la resolución en el plazo de tres días hábiles siguientes a la notificación de la misma con expresión de la infracción cometida en la misma a juicio del recurrente, artículo 188 de la LJS.
La letrada de la Administración de justicia».
Y para que sirva de notificación en legal forma a Servimar Innova, S.L., en ignorado paradero, expido el presente edicto para su inserción en el Diario Oficial de Galicia.
Santiago de Compostela, 24 de septiembre de 2018
La letrada de la Administración de justicia