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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 191 Viernes, 5 de octubre de 2018 Pág. 44926

III. Otras disposiciones

Consellería de Infraestructuras y Vivienda

DECRETO 121/2018, de 20 de septiembre, por el que se aprueba el cambio de titularidad, a favor del Ayuntamiento de Bande, de todo el dominio público, a excepción de la calzada y de los arcenes, correspondiente a los tramos comprendidos entre los puntos kilométricos 0+000 y 0+690 de la carretera OU-411 y los puntos kilométricos 27+670 y 28+160 de la carretera OU-301.

A tenor de lo previsto en el artículo 9.4 de la Ley 8/2013, de 28 de junio, de carreteras de Galicia, los cambios de titularidad de carreteras o tramos de ellas, cuando no se trate de travesías urbanas o tramos de ellas que estén incluidos en el inventario de travesías de su administración titular, deberán ser aprobados por decreto de la Xunta de Galicia, por propuesta de la consellería competente en materia de carreteras y previo acuerdo entre las administraciones afectadas.

Por otra parte, la citada Ley de carreteras dispone en el artículo 9.7 que los cambios de titularidad podrán incluir carreteras, tramos de ellas, elementos funcionales y/o espacios de la zona de dominio público adyacente.

La carretera OU-411 reúne características urbanas en el tramo comprendido entre los puntos kilométricos 0+000 y 0+420, existiendo arcenes en alguno de sus márgenes entre los puntos kilométricos 0+000 y 0+690.

La carretera OU-301 tiene características urbanas, existiendo arcenes en algunos puntos entre los puntos kilométricos 27+670 y 28+160.

La Agencia Gallega de Infraestructuras, de acuerdo con el informe emitido por los servicios competentes, formuló la propuesta favorable a la transferencia de titularidad de todo el dominio público, a excepción de la calzada y de los arcenes, correspondiente a los tramos indicados en el párrafo anterior.

El Ayuntamiento de Bande aporta su conformidad al cambio de titularidad propuesto, el día 21.3.2018.

De conformidad con lo anteriormente expuesto, a propuesta de la conselleira de Infraestructuras y Vivienda y después de deliberación del Consello de la Xunta de Galicia, en su reunión del día veinte de septiembre de dos mil dieciocho,

DISPONGO:

Artículo 1

Aprobar el cambio de titularidad a favor del Ayuntamiento de Bande de todo el dominio público, a excepción de la calzada y de los arcenes, correspondientes a los siguientes tramos:

– El situado entre los puntos kilométricos 0+000 y 0+690 de la carretera autonómica OU-411 Bande (OU-540)-Agra (OU-801).

– El situado entre los puntos kilométricos 27+670 y 28+160 de la carretera autonómica OU-301 Xinzo (N-525)-Bande (OU-540).

Artículo 2

En aplicación de los apartados 4 y 6 del artículo 10 de la Ley 8/2013, de 28 de junio, de carreteras de Galicia, el Ayuntamiento de Bande deberá modificar su catálogo de carreteras para incluir el cambio de titularidad al que se refiere el presente decreto.

Artículo 3

De acuerdo con lo establecido en el artículo 9,6 de la Ley 8/2013, de 28 de junio, de carreteras de Galicia, el cambio de titularidad será efectivo al día siguiente de la publicación de este decreto en el Diario Oficial de Galicia. La entrega de los bienes se formalizará en el plazo de los dos meses siguientes a esta publicación mediante la firma de la correspondiente acta de entrega.

Artículo 4

Le corresponderá al Ayuntamiento de Bande, a partir de la formalización de la entrega, todas las actividades de gestión, mantenimiento, conservación y explotación de los viales, así como el ejercicio de las funciones de disciplina viaria y cualquier otra que pudiese corresponderle como nueva administración titular de las carreteras.

Disposición final

El presente decreto producirá efectos desde el día siguiente a su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Santiago de Compostela, veinte de septiembre de dos mil dieciocho

Alberto Núñez Feijóo
Presidente

Ethel Mª Vázquez Mourelle
Conselleira de Infraestructuras y Vivienda