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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 188 Martes, 2 de octubre de 2018 Pág. 44545

V. Administración de justicia

Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 1 de Noia

EDICTO (PO 64/2015).

Yo, María Isabel Parajó Martínez, letrada de la Administración de justicia del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 1 de Noia, hago saber que en el presente procedimiento ordinario 64/2015, seguido a instancia de Ofelia Peña Buján frente a Bienvenido Peña Buján, María Jovita Peña Alonso, Atilano Peña Domínguez, Raimundo Peña Rey, María-Belén Peña Rey, María del Carmen Conde Peña, Luis Conde Peña, herederos desconocidos e inciertos y demás personas que puedan tener interés en la herencia de María Peña Buján, herederos desconocidos e inciertos y demás personas que puedan tener interés en la herencia de Dolores Peña Buján, herederos desconocidos e inciertos y demás personas que puedan tener interés en la herencia de Candelaria Peña Buján, herederos desconocidos e inciertos y demás personas que puedan tener interés en la herencia de Aurelia Peña Buján, herederos desconocidos e inciertos y demás personas que puedan tener interés en la herencia de Rogelio Conde Peña, Lorena Tallón García ha dictado sentencia el 25 de octubre de 2017, cuyo fallo es el siguiente:

«Acuerdo estimar parcialmente la demandada interpuesta por Ofelia Peña Buján, representada por el procurador Miguel Ángel Moledo Güeto y asistida por la letrada Paula Mosteiro Rodal, frente a Bienvenido Peña Buján, representado por el procurador Francisco Javier Salmonte Rosendo y asistido por el letrado Manuel Blanco Ons Fernández, Carmen Conde Peña, representada por el procurador Francisco Gómez Castro y asistida por la letrada María Puente Pérez, Luís Conde Peña, representado por el procurador Juan Pena Abeijón y asistido por el letrado Mauro Pérez Vidal, así como las comunidades hereditarias de María, Dolores, Candelaria, Aurelia, Atilano Peña Buján, y Rogelio Conde Peña, Raimundo y María Peña Rey, todos ellos en situación de rebeldía procesal, y, en consecuencia, declaro la procedencia de la rescisión por lesión de la partición de Rogelio Peña y Carmen Buján, aprobada por auto de 13 de abril de 2012, y condeno a los demandados a estar y pasar por dicha declaración, así como al codemandado Bienvenido Peña Buján a abonar a la demandante la suma de dieciocho mil ochocientos dieciocho euros con sesenta céntimos (18.818,60 €).

Acuerdo desestimar la demanda reconvencional promovida por Luís Conde Peña, representado por el procurador Juan Pena Abeijón y asistido por el letrado Mauro Pérez Vidal, frente a Ofelia Peña Buján, Bienvenido Peña Buján, Carmen Conde Peña, así como las comunidades hereditarias de María, Dolores, Candelaria, Aurelia, Atilano Peña Buján, y Rogelio Conde Peña, Raimundo y María Peña Rey, y, en consecuencia, procede absolver a los demandados de todos los pedimentos deducidos frente a los mismos.

No procede efectuar pronunciamiento de condena al pago de las costas derivadas de la demanda principal. Las costas derivadas de la demanda reconvencional se imponen al demandado reconviniente».

Y como consecuencia del ignorado paradero de María Jovita Peña Alonso, Atilano Peña Domínguez, Raimundo Peña Rey, María-Belén Peña Rey, herederos desconocidos e inciertos y demás personas que puedan tener interés en la herencia de María Peña Buján, herederos desconocidos e inciertos y demás personas que puedan tener interés en la herencia de Dolores Peña Buján, herederos desconocidos e inciertos y demás personas que puedan tener interés en la herencia de Candelaria Peña Buján, herederos desconocidos e inciertos y demás personas que puedan tener interés en la herencia de Aurelia Peña Buján, herederos desconocidos e inciertos y demás personas que puedan tener interés en la herencia de Rogelio Conde Peña, se extiende la presente para que sirva de cédula de notificación, haciéndoles saber que contra la misma pueden interponer recurso de apelación en el plazo de 20 días, previo depósito de 50 euros en la cuenta de consignaciones de ese juzgado.

Noia, 3 de septiembre de 2018

La letrada de la Administración de justicia