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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 172 Lunes, 10 de septiembre de 2018 Pág. 40443

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Consellería de Economía, Empleo e Industria

RESOLUCIÓN de 25 de mayo de 2018, de la Dirección General de Energía y Minas, por la que se autoriza administrativamente y se aprueba el proyecto de ejecución de la infraestructura gasista correspondiente a la planta satélite de almacenamiento y regasificación de gas natural licuado (GNL) para suministro a Verín (Ourense), promovido por Nedgia Galicia, S.A. (expediente IN627A 2017/22-0).

Examinado el expediente instruido a pedimento de la empresa Gas Galicia SDG, S.A. (actualmente, Nedgia Galicia, S.A.), con domicilio a efectos de notificaciones en la calle Lisboa, edificio Área Central, local 31-HIJ, 15707 Santiago de Compostela (A Coruña), resultan los siguientes

Hechos:

Primero. El 22 de mayo de 2012 la Dirección General de Industria, Energía y Minas dictó resolución por la que se otorgó a Gas Galicia SDG, S.A. la autorización administrativa para la distribución de gas natural canalizado en el término municipal de Verín (expediente IN627A 2008/14-0), que se publicó en el Diario Oficial de Galicia de 13 de julio y en el Boletín Oficial de la provincia de 5 de septiembre de 2012.

Segundo. El 13 de noviembre de 2015 la sociedad Gas Galicia SDG, S.A. le comunicó a la Dirección General de Energía y Minas la suscripción de un contrato marco con Repsol Butano, S.A. en el que se acordó que el Grupo Gas Natural iba a proceder a la compraventa de una serie de instalaciones de GLP en Galicia, propiedad de Repsol Butano, S.A., entre las que se encontraban las instalaciones de distribución de GLP canalizado en Verín (Ourense). A este respecto hay que indicar lo siguiente:

– El 20 de octubre de 2016 la Dirección General de Energía y Minas dictó resolución por la que se autorizó la transmisión de las redes de distribución de GLP canalizado que Repsol Butano, S.A. tiene en varios núcleos de población de la provincia de Ourense, entre los que se encuentra Verín, a favor de Gas Natural Redes GLP, S.A. con la consiguiente subrogación de los derechos y obligaciones asociados.

– El 14 de junio de 2017 la Dirección General de Energía y Minas dictó resolución por la que se autorizó la transmisión de las instalaciones de distribución de GLP canalizado en la localidad de Verín (Ourense) y de su autorización administrativa, de la sociedad cedente Gas Natural Redes GLP, S.A. a favor de la sociedad adquirente Gas Galicia SDG, S.A.

Tercero. El 19 de julio de 2017 la sociedad Gas Galicia SDG, S.A. solicitó la autorización administrativa y la aprobación del proyecto de ejecución correspondiente a la planta satélite de almacenamiento y regasificación de GNL para suministro a Verín (Ourense).

Posteriormente, el 1 de marzo de 2018 presentó, en sustitución del proyecto inicial, un nuevo proyecto denominado Modificado de proyecto de planta satélite de almacenamiento y regasificación de gas natural licuado (GNL para suministro a Verín (Ourense), al objeto de ampliar la capacidad de almacenamiento (pasa de 60 a 80 m3) y de adaptar el diseño de la planta a una nueva especificación interna del grupo Gas Natural. Según consta en este nuevo proyecto:

– La planta de GNL se instalará en la parcela de referencia catastral 7433908PG2473S0001SO, situada en el Polígono Empresarial de Pazos (Verín) y se conectará con la red de GLP existente, cuya transformación a gas natural es objeto de otro expediente (IN627A 2017/30-0).

– La planta de GNL dispondrá de un tanque de almacenamiento horizontal de 80 m3 de capacidad, unidad de descarga de cisternas, módulos de regasificación, regulación, medida, odorización y sistemas auxiliares, con salida del gas natural a 3,5 bar de presión.

– La conexión de la planta de GNL con la red de distribución existente de GLP se realizará mediante una canalización de 3 m de longitud, en tubería de polietileno tipo PE-100 y SDR 17’6/SDR 17 y diámetro de 200 mm.

Este proyecto se sometió, bajo el número de expediente IN627A 2017/22-0, a los procedimientos de autorización administrativa y de aprobación del proyecto de ejecución.

Cuarto. El 8 de marzo de 2018 la Dirección General de Energía y Minas dictó resolución por la que se sometió a información pública la solicitud de autorización administrativa y aprobación del proyecto de ejecución denominado Modificado de proyecto de planta satélite de almacenamiento y regasificación de GNL para suministro a Verín (Ourense), promovido por Nedgia Galicia, S.A. (expediente IN627A 2017/22-0).

Esta resolución se publicó en el Diario Oficial de Galicia de 3 de abril, en el Boletín Oficial de la provincia de 3 de abril y en los periódicos La Voz de Galicia y La Región de 20 de marzo de 2018, y también estuvo expuesta en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de Verín.

Durante el período de información pública legalmente establecido para este proyecto de ejecución no se presentaron alegaciones.

Quinto. El 1 de septiembre de 2018 la Dirección General de Energía y Minas trasladó las separatas técnicas del citado proyecto de ejecución (Modificado de proyecto de planta satélite de almacenamiento y regasificación de GNL para suministro a Verín), a los efectos de obtener su informe al respecto, a las siguientes entidades titulares de bienes o derechos afectados por el mismo: Ayuntamiento de Verín, Unión Fenosa Distribución, S.A. y Telefónica de España.

Las entidades que contestaron presentaron sus respectivos escritos manifestando su conformidad y/o fijando su condicionado técnico, de los que se dio traslado a Nedgia Galicia, S.A., quien presentó su conformidad a los mismos.

Con respecto a las entidades que no contestaron (Ayuntamiento de Verín), se entiende su conformidad con la autorización de la infraestructura gasista proyectada porque otorgó la preceptiva licencia municipal con fecha 19 de marzo de 2018, de la que Nedgia Galicia, S.A. aportó una copia para su constancia en el expediente.

Sexto. El 2 de mayo de 2018 los servicios técnicos de la Jefatura Territorial de Ourense de la Consellería de Economía, Empleo e Industria (en adelante, jefatura territorial) emitieron informe favorable sobre el citado proyecto de ejecución (Modificado de proyecto de planta satélite de almacenamiento y regasificación de GNL para suministro a Verín).

Consideraciones legales y técnicas:

Primero. La Dirección General de Energía y Minas es la competente para resolver este expediente con fundamento en el Estatuto de autonomía de Galicia; en el Real decreto 2563/1982, de 24 de julio, sobre traspaso de funciones y servicios de la Administración del Estado a la Comunidad Autónoma de Galicia en materia de industria, energía y minas; en el Decreto 132/1982, de 4 de noviembre, sobre asunción de competencias en materia de industria, energía y minas y su asignación a la Consellería de Industria, Energía y Comercio; en el Decreto 135/2017, de 28 de diciembre, por el que se establece la estructura orgánica de la Consellería de Economía, Empleo e Industria; en relación con la Ley 34/1998, de 7 de octubre, del sector de hidrocarburos; con el Real decreto 1434/2002, de 27 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de gas natural; con el Decreto 62/2010, de 15 de abril, por el que se regula el trámite de competencia y los criterios de valoración en el supuesto de concurrencia de dos o más solicitudes de autorización administrativa de instalaciones de transporte secundario y distribución de gas natural y redes de distribución de gases licuados del petróleo (GLP); con la Orden de la Consellería de Industria y Comercio de 30 de noviembre de 1999 sobre la tramitación de autorizaciones administrativas de las canalizaciones de gas; con la Ley 39/2015, de 1 de diciembre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas y la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico del sector público.

Segundo. En el expediente instruido al efecto se cumplieron los trámites reglamentarios.

De acuerdo con todo lo expuesto,

RESUELVO:

1. Autorizar administrativamente la infraestructura gasista correspondiente a la planta satélite de almacenamiento y regasificación de gas natural licuado (GNL) para suministro a Verín (Ourense), promovida por Nedgia Galicia, S.A.

2. Aprobar el proyecto de ejecución de la citada infraestructura gasista.

Todo ello de acuerdo con las siguientes condiciones:

Primera. La infraestructura gasista que se autoriza se realizará de acuerdo con las especificaciones y planos que figuran en el proyecto presentado por la empresa promotora, Nedgia Galicia, S.A., titulado Modificado de proyecto de planta satélite de almacenamiento y regasificación de GNL para suministro a Verín, fechado en enero de 2018, con referencia GDO415151100015905 y firmado por el ingeniero industrial José Luis Sousa López (colegiado nº 489 del Ilustre Colegio Oficial de Ingenieros Industriales de Galicia), y en el que figura un presupuesto de 220.280,97 €.

Segunda. Las instalaciones y sus montajes deberán cumplir las disposiciones y normas técnicas que en general sean de aplicación y, en particular, las correspondientes al Reglamento técnico de distribución y utilización de combustibles gaseosos con sus instrucciones técnicas complementarias y las normas que los cumplimentan, reglamentos electrotécnicos, normas UNE y demás normativa y directrices vigentes, así como cuantas las sustituyan o se dicten a nivel estatal o de esta comunidad autónoma, y deberán preverse para responder a los avances tecnológicos en el campo del gas y lograr abastecimientos flexibles y seguros.

Tercera. Para introducir modificaciones en las instalaciones que afecten a datos básicos del proyecto será necesaria autorización previa de la Dirección General de Energía y Minas; no obstante, la jefatura territorial podrá autorizar las modificaciones de detalle del proyecto que resulten procedentes, debiendo comunicar a dicha dirección general todas las resoluciones que dicte en aplicación de la citada facultad.

Cuarta. El plazo para la puesta en marcha de las instalaciones que se autorizan será de doce meses, contados a partir de la fecha de la última autorización administrativa necesaria para su ejecución. Una vez construidas las instalaciones autorizadas, la empresa promotora deberá presentar la solicitud de puesta en servicio ante la jefatura territorial, quien deberá extenderla tras las comprobaciones técnicas que considere oportunas.

Quinta. En cuanto a los bienes y derechos afectados por esta infraestructura gasista y adscritos a las distintas administraciones, organismos o empresas de servicio público o de servicios de interés general, la empresa promotora procederá a realizar los correspondientes cruces y afecciones de acuerdo con los condicionados e informes emitidos por éstos.

Sexta. La empresa promotora deberá iniciar el suministro de gas en el plazo de un mes contado a partir de la fecha en la que la jefatura territorial formalice el acta de puesta en marcha.

Séptima. Esta autorización se otorga sin perjuicio de terceros e independientemente de las autorizaciones, licencias o permisos de la competencia de otros organismos o entidades públicas, necesarias para realizar la citada infraestructura gasista.

Octava. La Administración se reserva el derecho a dejar sin efecto la presente autorización por incumplimiento de las condiciones estipuladas, por la facilitación de datos inexactos o por cualquier otra causa legal o reglamentaria que así lo prevea.

Contra la presente resolución, que no es definitiva en vía administrativa, se podrá interponer recurso de alzada ante el conselleiro de Economía, Empleo e Industria de la Xunta de Galicia, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su notificación o publicación, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, sin perjuicio de que los interesados puedan interponer cualquier otro recurso que estimen pertinente.

Santiago de Compostela, 25 de mayo de 2018

Ángel Bernardo Tahoces
Director general de Energía y Minas