ORD procedimiento ordinario 484/2017
Procedimiento de origen:
Sobre otras materias
Demandante: Banco Bilbao Vizcaya Argentaria
Procurador: José Paz Montero
Abogada: María Paloma García Melchor
Demandado: Rafael Castro García
Yo, José Luis Pérez García, letrado de la Administración de justicia del Juzgado de Primera Instancia número 1 de Santiago de Compostela, por el presente edicto anuncio que en el procedimiento ordinario 484/2017 seguido a instancia de Banco Bilbao Vizcaya Argentaria frente a Rafael Castro García, se ha dictado sentencia cuyo tenor literal es el siguiente:
«Sentencia 62/2018.
Juez que la dicta: magistrado juez Martínez Vázquez
Lugar: Santiago de Compostela
Fecha: 3 de julio de 2018
Demandante: Banco Bilbao Vizcaya Argentaria
Abogada: María Paloma García Melchor
Procurador: José Paz Montero
Demandado: Rafael Castro García (en rebeldía procesal)
Juicio ordinario 484/2017, sobre préstamo hipotecario
Santiago de Compostela, 3 de julio de 2018
Fallo:
Estimar sustancialmente la demanda interpuesta por Banco Bilbao Vizcaya Argentaria, representado por el Sr. Paz Montero, contra Rafael Castro García, en rebeldía procesal, y condeno al demandado a abonar a la actora 197.181,26 euros con más los intereses legales desde la fecha de interposición de la demanda (31 de julio de 2017).
Ello con imposición de costas al demandado.
Notifíquese esta sentencia a las partes, haciéndoles saber que contra la misma cabe recurso de apelación que, en su caso, deberá interponerse ante este mismo juzgado dentro de los veinte días siguientes al que se notifique esta resolución.
Para la interposición del recurso de apelación será necesaria la constitución previa de depósito de 50 euros, que deberá consignarse en la cuenta de depósitos y consignaciones del juzgado, debiéndose justificar la consignación en el momento de presentar el escrito de interposición. Si el recurso se estimare total o parcialmente, se restituirá el depósito, que se perderá para sufragar las actividades del Ministerio de Justicia y comunidades autónomas en caso de desestimación total. Quedan exentos quienes tengan reconocido el derecho de asistencia jurídica gratuita, así como el Ministerio Fiscal, administraciones públicas y organismos autónomos.
Llévese el original al libro de sentencias.
Por esta mi sentencia, de la que se expedirá testimonio para incorporarlo a las actuaciones, lo pronuncio, mando y firmo. Jorge Martínez Vázquez, magistrado juez de este juzgado».
Y encontrándose dicho demandado, Rafael Castro García, en paradero desconocido, se expide el presente edicto a fin de que sirva de notificación en forma al mismo.
Santiago de Compostela, 3 de julio de 2018
El letrado de la Administración de justicia