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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 145 Martes, 31 de julio de 2018 Pág. 35493

V. Administración de justicia

Juzgado de lo Social número 1 de Santiago de Compostela

EDICTO (SSS 561/2015).

Yo, Susana Varela Amboage, letrada de la Administración de justicia del Juzgado de lo Social número 1 de Santiago de Compostela, hago saber que en el procedimiento sobre seguridad social 561/2015 de este juzgado de lo social, seguido a instancia de Fremap contra Casal Munín, S.L., Instituto Nacional de la Seguridad Social y José Manuel Couselo Juncal, sobre ordinario, se ha dictado sentencia con el número 158/2018 el 19 de marzo de 2018, cuyo encabezamiento y fallo son del tenor literal siguiente resolución:

«Vistos por mí, Paula Méndez Domínguez, magistrada del Juzgado de lo Social número 1 de Santiago de Compostela, los presentes autos número 561/2015, sobre seguridad social, seguidos a instancia de Fremap Mutua de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales de la Seguridad Social número 61, representada y asistida por el letrado Sr. Balo Couto, contra el Instituto Nacional de la Seguridad Social y la Tesorería General de la Seguridad Social, representados y asistidos por la letrada Sra. Goyanes Viviani, contra Calsal Munín, S.L., que no ha comparecido al juicio oral, y contra J. Manuel Couselo Juncal, que no ha comparecido al juicio oral; en virtud de las facultades que me han sido dadas por la Constitución española, dicto la presente sentencia, con base en los siguientes».

«Fallo que, estimando parcialmente la demanda interpuesta por Fremap Mutua de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales de la Seguridad Social número 61, contra el Instituto Nacional de la Seguridad Social, la Tesorería General de la Seguridad Social, Calsal Munín, S.L., y J. Manuel Couselo Juncal, debo condenar y condeno a la mercantil Casal Munín S.L. a reintegrarle a Fremap la cantidad de 4.977,44 euros, en concepto de subsidio de IT anticipado por Fremap en relación con el accidente de trabajo del Sr. Couselo Juncal sufrido el 24 de marzo de 2011, siendo dicha cantidad de responsabilidad de la mercantil Casal Munín, S.L. conforme al porcentaje de responsabilidad del 44,77 % que le fue imputado por infracotización, y declarando la responsabilidad subsidiaria del Instituto Nacional de la Seguridad Social para el caso de insolvencia empresarial en el mismo porcentaje del 44,77 % de responsabilidad; condenando a los demandados a estar y pasar por dichas declaraciones con todos los efectos legales inherentes a las mismas.

Notifíquese a las partes la presente resolución haciéndoles saber que frente a la misma cabe recurso de suplicación para ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Galicia en el plazo de cinco días contados a partir de su notificación (artículo 191.3.c) de la LRJS).

La anterior resolución se entregará a la letrada de la Administración de justicia para su custodia e incorporación al libro de sentencias. Insértese en las actuaciones por medio de testimonio.

Por esta mi sentencia, juzgando definitivamente en la primera instancia, lo pronuncio, mando y firmo».

Y para que sirva de notificación en legal forma a Casal Munín, S.L., en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Diario Oficial de Galicia y su fijación en el tablón de anuncios de este juzgado.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

Santiago de Compostela, 29 de junio de 2018

La letrada de la Administración de justicia