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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 140 Lunes, 23 de julio de 2018 Pág. 34498

V. Administración de justicia

Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 1 de A Estrada

EDICTO (310/2017).

F04 Pieza de medidas provisionales coetáneas 310/2017 0001

Procedimiento de origen: modificación de medidas supuesto contencioso 310/2017

Sobre: otras materias

Demandante: María Concepción Fernández Pereira

Procurador: Manuel Sánchez Ortega

Abogada: Sonia Touceda Ferreiro

Demandado: Juan Gabriel Díaz Servin

Demetrio Mato Bartolomé, letrado de la Administración de justicia del Juzgado de Primera Instancia número 1 de los de A Estrada, Pontevedra, doy fe:

En el procedimiento de modificación de medidas 310/2017, en la pieza separada de medidas coetáneas del mismo número, se ha dictado la resolución cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

«Parte dispositiva.

Debo desestimar y desestimo parcialmente la petición de medidas coetáneas a la demanda de divorcio de mutuo acuerdo seguidas ante este juzgado con el número 48/2016, presentada por el procurador de los tribunales Sr. Sánchez Ortega, en nombre y representación de Mª Concepción Fernández Pereira, frente a Juan Gabriel Díaz Servín, declarado en situación de rebeldía procesal, rigiendo, en tanto no sean sustituidas, mantenidas o rechazadas por las que establezca definitivamente la sentencia que recaiga en el proceso principal, las establecidas en la sentencia de fecha 4 de mayo de 2016.

No procede hacer especial imposición de las costas procesales.

Notifíquese esta resolución a las partes y al Ministerio Fiscal haciéndoles saber que contra la misma, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 773.3, inciso final, de la LEC, no cabe recurso alguno.

Así lo acuerda, manda y firma Ricardo Antonio López Fernández, magistrado del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 1, Juzgado de Violencia sobre la Mujer de A Estrada y de su partido. Doy fe».

Y como consecuencia del ignorado paradero de Juan Gabriel Díaz Servín, se extiende la presente para que sirva de cédula de notificación.

A Estrada, 20 de junio de 2018

La letrada de la Administración de justicia