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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 140 Lunes, 23 de julio de 2018 Pág. 34453

III. Otras disposiciones

Consellería del Medio Rural

EXTRACTO de la Orden de 11 de julio de 2018 por la que se establecen nuevas bases reguladoras de las subvenciones destinadas a constituir sociedades de fomento forestal (Sofor) y se convocan para el año 2018.

BDNS (Identif.): 407926.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de datos nacional de subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index).

Primero. Entidades beneficiarias

Podrán solicitar las subvenciones las asociaciones de propietarios forestales a través de los representantes que designen.

Segundo. Objeto

Esta orden tiene por objeto establecer unas nuevas bases reguladoras de las subvenciones dirigidas a constituir sociedades de fomento forestal (Sofor), mediante convocatoria abierta en régimen de concurrencia competitiva (código de procedimiento MR635A) y proceder a su convocatoria para el año 2018.

A través de esta línea de subvenciones se podrán financiar los siguientes costes:

a) El coste de identificación de las fincas y clasificación de los terrenos situados dentro de la superficie de actuación, en los que se aplique un sistema acreditado y objetivo de valoración de los derechos de aprovechamiento forestal.

Se incluyen los trabajos necesarios para comprobar si la cartografía catastral se corresponde con la realidad; allí donde se detecten errores, el trabajo incluirá la elaboración de una representación gráfica alternativa validada por el Catastro.

Se trasladarán los límites reales sobre plano y se efectuará una valoración del vuelo.

b) Los costes de impulso a la Sofor que se pretende constituir.

Abarca los gastos derivados de la localización de los propietarios, de comprobación de sus propiedades y de las labores de información necesarias para lograr que cedan sus fincas a la sociedad.

c) Los gastos de constitución de la Sofor.

Comprenden los gastos de redacción de estatutos, de elaboración de la escritura de constitución de la sociedad, de notaría y de inscripción en el Registro mercantil.

d) La instalación obligatoria de un cartel informativo (modelo del anexo B2) en un lugar visible en los terrenos objeto de la subvención.

El IVA no es subvencionable.

Tercero. Bases reguladoras

Orden de 11 de julio de 2018 por la que se establecen nuevas bases reguladoras de las subvenciones destinadas a constituir sociedades de fomento forestal (Sofor) y se convocan para el año 2018.

Cuarto. Importe

La cuantía total asciende a 850.000 €, con la siguiente distribución:

– Anualidad 2018: 250.000 €.

– Anualidad 2019: 600.000 €.

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes

El plazo de presentación de solicitudes de subvenciones será de un mes, que comenzará al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Santiago de Compostela, 11 de julio de 2018

Tomás Fernández-Couto Juanas
Director general de Ordenación Forestal