Yo, Mónica Rubia López, letrada de la Administración de justicia del Juzgado de Primera Instancia número 13 de A Coruña, hago saber que en el presente procedimiento, seguido a instancia de María del Carmen Miguélez Díaz frente a Coruñesa de Suministros Industriales, S.L.U. y Marcos Loureiro Corral, se ha dictado sentencia, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:
«Fallo.
Que, estimando en parte la demanda interpuesta por el procurador Sr. Diego Ramos Rodríguez, en nombre y representación de María del Carmen Miguélez Díaz, debo condenar y condeno a Coruñesa de Suministros Industriales, S.L.U. y a Marcos Loureiro Corral, a que abone a la actora la cantidad de once mil setecientos cuarenta y seis euros (11.746 euros).
Las costas serán a cargo de la parte demandada.
Notifíquese esta sentencia a las partes, haciéndoles saber que contra la misma cabe recurso de apelación.
Así, por esta mi sentencia, de la que se expedirá testimonio para su unión a los autos, lo pronuncio, mando y firmo».
Y encontrándose dichos demandados, Coruñesa de Suministros Industriales, S.L.U. y Marcos Loureiro Corral, en paradero desconocido, se expide el presente a fin de que les sirva de notificación en forma. Se hace saber que contra la misma cabe recurso de apelación dentro del plazo de veinte (20) días siguientes a la publicación del presente.
A Coruña, 30 de abril de 2018
La letrada de la Administración de justicia