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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 138 Jueves, 19 de julio de 2018 Pág. 34136

III. Otras disposiciones

Consellería de Cultura, Educación y Ordenación Universitaria

RESOLUCIÓN de 11 de julio de 2018 por la que se resuelve la convocatoria de la Orden de 8 de marzo de 2018 por la que se establecen las bases reguladoras y se convocan ayudas de movilidad complementarias a las aportadas por la Unión Europea, en el marco del programa comunitario Erasmus+, destinadas al alumnado que cursa enseñanzas artísticas superiores en centros públicos de Galicia en el curso 2017/18.

Mediante la Orden de 8 de marzo de 2018 por la que se aprueban las bases y se convocan ayudas de movilidad complementarias a las aportadas por la Unión Europea, en el marco del programa comunitario Erasmus+, destinadas al alumnado que cursa enseñanzas artísticas superiores en centros públicos de Galicia en el curso 2017/18, y se aprobaron las bases de esta convocatoria.

De acuerdo con lo establecido en el artículo 10 de esta convocatoria, las solicitudes fueron estudiadas por la comisión evaluadora nombrada en la propia orden de convocatoria, la cual acordó la exposición de los listados provisionales de solicitudes admitidas y excluidas, pudiendo formular las personas interesadas, durante un plazo de diez (10) días, las reclamaciones o enmendar las carencias o deficiencias detectadas en la documentación aportada ante la Dirección General de Educación, Formación Profesional e Innovación Educativa.

Terminado este plazo, de acuerdo con lo establecido en el artículo 13 de las bases de la convocatoria, y atendiendo a la propuesta elevada por la citada comisión evaluadora a través de la Dirección General de Educación, Formación Profesional e Innovación Educativa,

RESUELVO:

Artículo 1

Conceder ayudas de movilidad complementarias, en el marco del programa comunitario Erasmus+, al alumnado que cursa enseñanzas artísticas superiores en centros públicos de Galicia que se relaciona en el anexo de esta orden y por la cuantía que se especifica.

Las ayudas se abonarán en la cuenta bancaria indicada por la persona interesada, una vez acreditado mediante certificación que se encuentra al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social y que no tiene pendiente de pago ninguna otra deuda con la Administración pública de la Comunidad Autónoma. Esta certificación podrá ser sustituida por la declaración responsable que figura en el anexo I de la Orden de 8 de marzo, según se regula en el artículo 11 del Reglamento de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia.

Artículo 2

El incumplimiento total o parcial, por parte de las personas beneficiarias, de cualquiera de las condiciones establecidas en la Orden de convocatoria de 8 de marzo de 2018 (DOG de 23 de marzo), constituirá causa determinante de revocación de la ayuda y de su reintegro por parte de las personas beneficiarias o solicitantes, según lo dispuesto en el artículo 33 de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia.

Artículo 3

Contra esta resolución, que agota la vía administrativa, las personas interesadas podrán interponer recurso potestativo de reposición, ante la persona titular de la Consellería de Cultura, Educación y Ordenación Universitaria, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su publicación en el DOG, según lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, o bien directamente recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, ante el Tribunal Superior de Justicia de Galicia, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

Santiago de Compostela, 11 de julio de 2018

Román Rodríguez González
Conselleiro de Cultura, Educación y Ordenación Universitaria

ANEXO

Propuesta de concesiones

Apellidos

Nombre

Centro

Cuantía adjudicada

Alonso Pereira

Adrián

CMUS de Vigo

1.456,70 €

Álvarez Llenderrozas

Maite

EASD Ramón Falcón

485,60 €

Álvarez Suárez

Xoel

ESAD Galicia

485,62 €

Bandín Rodríguez

Inés

CMUS de A Coruña

765,10 €

Collazo Gómez

Marta

EASD Mestre Mateo

809,30 €

Curros Varela

Almudena

CMUS de A Coruña

1.103,50 €

Dávila Grande

Iván

EASD Galicia

647,40 €

Fandiño Domínguez

Elisabet

EASD Mestre Mateo

1.147,70 €

Fernández Fernández

Diego

CMUS de Vigo

1.456,70 €

Fraga González

Nicolás

CMUS de A Coruña

613,10 €

Fuentes Núñez

Alicia

CMUS de A Coruña

1.721,60 €

García Rubio

Jorge

CMUS de A Coruña

1.456,72 €

García Yáñez

Míriam

EASD Ramón Falcón

485,62 €

García-Piccoli González

Elisa

EASD Pablo Picasso

809,30 €

Garrido Fernández

Mª Salomé

CMUS de Vigo

980,90 €

Gil Vaseluk

Lorena

EASD Mestre Mateo

956,40 €

González Díaz

Julián

CMUS de A Coruña

980,90 €

Lorenzo Fontela

Ana

ESAD Galicia

971,10 €

Mata Pose

Diego

CMUS de A Coruña

809,30 €

Matos Gato

Iria

EASD Mestre Mateo

809,30 €

Míguez Bonilla

Sofía

EASD Pablo Picasso

765,10 €

Naval Chaves

Xiana

CMUS de A Coruña

647,40 €

Nieto Cores

Nicolás

EASD Mestre Mateo

1.721,62 €

Pérez Fernández

Héctor

CMUS de A Coruña

809,30 €

Pérez Mariño

María

CMUS de Vigo

1.530,20 €

Portela Tilve

Inés

CMUS de A Coruña

1.103,50 €

Rodríguez-Losada Suárez-Pumariega

Eduardo

EASD Pablo Picasso

647,40 €

Sanmartín Nieto

Daniel

CMUS de Vigo

1.530,20 €

Santos Acuña

Alicia

EASD Pablo Picasso

956,44 €

San Marcial Comesaña

Iria

CMUS de Vigo

1.103,50 €

Simón Dávila

Ana

EASD Mestre Mateo

956,44 €

Trashorras López

Antía

EASD Ramón Falcón

485,62 €

Valdés Díez

Dinorah María

CMUS de A Coruña

1.721,62 €

Vázquez Martínez

Nadia

CMUS de Vigo

1.456,70 €

Vidal Pazos

Alba

EASD Mestre Mateo

613,10 €

Total

35.000 €