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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 133 Jueves, 12 de julio de 2018 Pág. 33142

III. Otras disposiciones

Vicepresidencia y Consellería de Presidencia, Administraciones Públicas y Justicia

ORDEN de 27 de junio de 2018 pola que se determinan las distinciones y recompensas que se concederán al persoal de los cuerpos de policía local durante el año 2018.

La Ley 4/2007, de 20 de abril, de coordinación de policías locales, establece en su artículo 74 que los miembros de los cuerpos de policía local de Galicia pueden ser distinguidos o recompensados de acuerdo con lo que se determine reglamentariamente.

De acuerdo con esta previsión, el Decreto 243/2008, de 16 de octubre, que desarrolla reglamentariamente dicha ley, establece en su artículo 98 que la consellería competente en materia de seguridad concederá mediante orden la placa colectiva y la placa individual, así como la medalla al mérito de la policía local.

Teniendo en cuenta lo anterior se procedió a estudiar por la unidad directiva competente en materia de coordinación las propuestas formuladas, siguiendo el procedimiento que establece el artículo 99 del Decreto 243/2008, de 16 de octubre, para la concesión de estas distinciones. Las propuestas hechas por la Dirección General de Emergencias e Interior, como unidad directiva competente en materia de coordinación, fueron ampliamente documentadas, informadas y valoradas por la Comisión de Coordinación de Policías Locales de Galicia y sometidas a la resolución y dictamen de esta vicepresidencia y consellería.

En su virtud, en uso de las facultades otorgadas por el artículo 98 y por la disposición final primera del Decreto 243/2008, de 16 de octubre, antes citado, a propuesta de la unidad directiva competente en materia de coordinación de policías locales, y después del informe de la Comisión de Coordinación de Policías Locales de Galicia, en su sesión de 25 de junio de 2018, al amparo de lo dispuesto en el artículo 17.1.a) de la Ley 4/2007, de 20 de abril, de coordinación de policías locales

DISPONGO:

Artículo único

1. Aprobar, de acuerdo con lo previsto en el artículo 99.5 del Decreto 243/2008, de 16 de octubre, la relación de personas propuestas como candidatas a la placa y a la medalla al mérito de la Policía local, a las que se les otorga esta distinción.

2. Publicar esta relación en los anexos a esta orden:

Anexo I. Concesión de la placa al mérito de la Policía local.

Anexo II. Concesión de la medalla al méritos de la Policía local

Disposición final

Esta orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Santiago de Compostela, 27 junio de 2018

Alfonso Rueda Valenzuela
Vicepresidente y conselleiro de Presidencia, Administraciones Públicas y Justicia

ANEXO I

Concesión de la placa individual al mérito de la Policía local a José Luis Garea Vales, policía local del Ayuntamiento de Carballo, fallecido en acto de servicio.

Vistos los hechos descritos en la propuesta para la concesión de la placa individual al mérito de la Policía local, una vez emitido informe de la Comisión de Coordinación de Policías Locales, en la reunión de 25 de junio de 2018, y después de evaluar y ponderar los méritos y las circunstancias alegadas en la dicta propuesta, esta vicepresidencia y consellería resolvió conceder la placa individual al mérito de la policía local a José Luis Garea Vales, policía del Cuerpo de Policía Local del Ayuntamiento de Carballo, fallecido en acto de servicio, por su intervención en un acto de servicio, al ser de destacar su compromiso de servicio, cualidad inherente al ideal de servicio público, predicable de un buen policía, que se encuadran en las condiciones previstas en el artículo 89 y 91, del Decreto 243/23008, de 16 de octubre, para la concesión de la distinción.

De acuerdo con el previsto en los artículos 101 y 102 del Decreto 243/2008, de 16 de octubre, esta concesión se acreditará mediante el correspondiente diploma y constará en el registro de distinciones y en el Registro de las Policías Locales de Galicia, dándole cuenta al ayuntamiento de pertenencia para constancia en su expediente personal.

ANEXO II

1. Concesión de la medalla al mérito de la policía local a Carlos Pérez Vázquez,
policía del Cuerpo de Policía local del Ayuntamiento de Ourense.

Vistos los hechos descritos en la propuesta para la concesión de la medalla al mérito de la Policía local, una vez emitido informe de la Comisión de Coordinación de Policías Locales, en reunión del 25 de junio de 2018, después de evaluar y ponderar los méritos y las circunstancias alegadas en dicha propuesta, esta vicepresidencia y consellería resolvió conceder la medalla al mérito de la Policía local, a Carlos Pérez Vázquez, policía del Cuerpo de Policía local del Ayuntamiento de Ourense, por su intervención en un acto de servicio, siendo de destacar su compromiso de servicio, cualidad inherente al ideal de servizo público, predicable de un buén policía, y que se encuadran en las condiciones previstas en el artículo 92, del Decreto 243/2008, de 16 de octubre, para la concesión de la distinción.

De acuerdo con el previsto en los artículos 101 y 102 del Decreto 243/2008, de 16 de octubre, esta concesión se acreditará mediante el correspondiente diploma y constará en el registro de distinciones y en el Registro de las Policías Locales de Galicia, dándole cuenta al ayuntamiento de pertenencia para constancia en su expediente personal.

2. Concesión de la medalla al mérito de la policía local a Juan Castro Delgado, policía del Cuerpo de Policía Local del Ayuntamiento de Vigo.

Vistos los hechos descritos en la propuesta para la concesión de la medalla al mérito de la Policía local, una vez emitido informe de la Comisión de Coordinación de Policías Locales, en reunión de 25 de junio de 2018, después de evaluar y ponderar los méritos y las circunstancias alegadas en dicha propuesta, esta vicepresidencia y consellería resolvió conceder la medalla al mérito de la Policía local, a Juan Castro Delgado, policía del Cuerpo de Policía Local del Ayuntamiento de Vigo, por su intervención en un acto de servicio, siendo de destacar su compromiso de servicio, cualidad inherente al ideal de servizo público, predicable de un buén policía, y que se encuadran en las condiciones previstas en el artículo 92, del Decreto 243/2008, de 16 de octubre, para la concesión de la distinción.

De acuerdo con el previsto en los artículos 101 y 102 del Decreto 243/2008, de 16 de octubre, esta concesión se acreditará mediante el correspondiente diploma y constará en el registro de distinciones y en el Registro de las Policías Locales de Galicia, dándole cuenta al ayuntamiento de pertenencia para constancia en su expediente personal.