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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 93 Miércoles, 16 de mayo de 2018 Pág. 24551

V. Administración de justicia

Juzgado de lo Social número 1 de Santiago de Compostela

EDICTO de notificación de sentencia (PO 401/2016).

Yo, María Teresa Vázquez Abades, letrada de la Administración de justicia del Juzgado de lo Social número 1 de Santiago de Compostela, hago saber que en el procedimiento ordinario 401/2016 de este juzgado de lo social, seguido a instancia de Javier Díaz Lemonche contra Compañía de Protección y Vigilancia Galaica, S.A. y Fogasa sobre ordinario, se ha dictado sentencia con el número 198/2018, en fecha 18 de abril de 2018, cuyo encabezamiento y fallo son del tenor literal siguiente:

«Vistos por mí, Paula Méndez Domínguez, magistrada del Juzgado de lo Social número 1 de Santiago de Compostela, los presentes autos de procedimiento ordinario número 401/2016, seguidos a instancia de Javier Díaz Lemonche, representado y asistido por la letrada Sra. Martínez Dezagoire, contra Compañía de Protección y Vigilancia Galaica, S.A., que no ha comparecido al juicio oral; habiendo sido citado el Fondo de Garantía Salarial, que no ha comparecido al juicio oral, en virtud de las facultades que me han sido dadas por la Constitución española, dicto la presente sentencia, con base en los siguientes».

«Que, estimando íntegramente la demanda interpuesta por Javier Díaz Lemonche, contra Compañía de Protección y Vigilancia Galaica, S.A., debo condenar y condeno a la mercantil demandada a abonar al demandante la suma de 9.045,52 euros por los conceptos señalados en el hecho probado tercero de esta resolución, más el interés del artículo 29.3 del ET respecto de dicha cantidad desde la fecha de presentación de la papeleta de conciliación hasta la presente resolución, y los intereses del artículo 576 de la LEC a partir de la presente resolución, así como al pago de las costas procesales, incluidos los honorarios del letrado de la parte demandante por importe de 200 euros.

En lo que atañe a la responsabilidad del Fogasa, deberá estarse a lo que resulte de la aplicación del artículo 33 del ET, con notificación de la presente resolución.

Notifíquese a las partes la presente resolución haciéndoles saber que frente a la misma cabe recurso de suplicación ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, en el plazo de cinco días a contar desde el siguiente al de su notificación.

La anterior resolución se entregará a la letrada de la Administración de justicia para su custodia e incorporación al libro de sentencias. Insértese en las actuaciones por medio de testimonio.

Por esta mi sentencia, juzgando definitivamente en primera instancia, lo pronuncio, mando y firmo».

Y para que sirva de notificación en legal forma a Compañía de Protección y Vigilancia Galaica, S.A., en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Diario Oficial de Galicia y su fijación en el tablón de anuncios de este juzgado.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

Santiago de Compostela, 20 de abril de 2018

La letrada de la Administración de justicia