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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 85 Jueves, 3 de mayo de 2018 Pág. 22953

III. Otras disposiciones

Consellería de Infraestructuras y Vivienda

DECRETO 43/2018, de 12 de abril, por el que se aprueba el cambio de titularidad de todo el dominio público, a excepción de la calzada y de los arcenes del tramo de la carretera PO-308, situado entre los puntos kilométricos 16+050 y 17+320 (intersección en la glorieta con la PO-504), a favor del Ayuntamiento de Sanxenxo.

A tenor de lo previsto en el artículo 9.4 de la Ley 8/2013, de 28 de junio, de carreteras de Galicia, los cambios de titularidad de carreteras o tramos de ellas, cuando no se trate de travesías urbanas o tramos de ellas que estén incluidos en el inventario de travesías de su Administración titular, deberán ser aprobados mediante decreto de la Xunta de Galicia, a propuesta de la consellería competente en materia de carreteras y previo acuerdo entre las administraciones afectadas.

Por otra parte, la Ley de carreteras dispone, en el artículo 9.7, que los cambios de titularidad podrán incluir carreteras, tramos de ellas, elementos funcionales y/o espacios de la zona de dominio público adyacente.

La carretera PO-308 recorre el ayuntamiento de Sanxenxo entre los p.k. 11+870 y 28+420. Entre los p.k. 15+360 y 17+320 (intersección en glorieta con la PO-504) esta carretera discurre por suelo clasificado como urbano por el vigente Plan general de ordenación municipal de Sanxenxo. Este tramo está integrado en el tejido urbano del núcleo de Sanxenxo. Las márgenes de la vía están acotadas por edificaciones y cuentan con múltiples accesos a callejuelas municipales y el tráfico existente es principalmente local con desplazamientos de corto recorrido.

El tramo de la carretera PO-308 comprendido entre los p.k. 15+360 y 17+320 no cuenta con una alternativa viaria, por lo que no cumple los condicionantes que estipula el apartado 11 del artículo 18 del Reglamento general de carreteras de Galicia. El cambio de titularidad propuesto solamente debería afectar a todo el dominio público de este tramo de carretera, a excepción de la calzada y de los arcenes.

El Ayuntamiento de Sanxenxo y la Agencia Gallega de Infraestructuras, el día 22 de marzo de 2018, firmaron un convenio de colaboración para llevar a cabo la urbanización de la calle Progreso PO-308. Entre los compromisos del Ayuntamiento está aceptar la transferencia de todo el dominio público del tramo de la carretera PO-308 afectado por la ejecución de las obras (p.k. 16+050 al 17+330), excepto la calzada y los arcenes resultantes de la ejecución de las obras.

La Agencia Gallega de Infraestructuras, de acuerdo con el informe emitido por los servicios competentes, formuló la propuesta favorable al cambio de titularidad de todo el dominio público, a excepción de la calzada y de los arcenes, correspondiente al tramo de la carretera PO-308 situado entre el p.k. 16+050 y el p.k. 17+320 (intersección en glorieta con la PO-504), a favor del Ayuntamiento de Sanxenxo.

De conformidad con lo anteriormente expuesto, a propuesta de la conselleira de Infraestructuras y Vivienda, previa deliberación del Consello de la Xunta de Galicia, en su reunión del día doce de abril de dos mil dieciocho,

DISPONGO:

Artículo 1

Se aprueba el cambio de titularidad, a favor del Ayuntamiento de Sanxenxo, de:

– Todo el dominio público, a excepción de la calzada y de los arcenes, del tramo de la carretera PO-308 situado entre el p.k. 16+050 y el p.k. 17+320 (intersección en glorieta con la PO-504).

Artículo 2

En aplicación de los apartados 4 y 6 del artículo 10 de la Ley 8/2013, de 28 de junio, de carreteras de Galicia, el Ayuntamiento de Sanxenxo deberá modificar su catálogo de carreteras para incluir el cambio de titularidad al que se refiere el presente decreto.

Artículo 3

De acuerdo con lo establecido en el artículo 9.6 de la Ley 8/2013, de 28 de junio, de carreteras de Galicia, el cambio de titularidad será efectivo al día siguiente de la publicación de este decreto en el Diario Oficial de Galicia. La entrega de los bienes se formalizará en el plazo de los dos meses siguientes a esta publicación mediante la firma de la correspondiente acta de entrega.

Artículo 4

Corresponderá al Ayuntamiento de Sanxenxo, a partir de la formalización de la entrega, todas las actividades de gestión, mantenimiento, conservación y explotación de los viales, así como el ejercicio de las funciones de disciplina viaria y cualquier otra que pudiera corresponderle como nueva Administración titular de las carreteras.

Disposición final

El presente decreto producirá efectos desde el día siguiente a su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Santiago de Compostela, doce de abril de dos mil dieciocho

Alberto Núñez Feijóo
Presidente

Ethel Mª Vázquez Mourelle
Conselleira de Infraestructuras y Vivienda