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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 85 Jueves, 3 de mayo de 2018 Pág. 22951

III. Otras disposiciones

Consellería de Infraestructuras y Vivienda

DECRETO 42/2018, de 12 de abril, por el que se declara, en concreto, la utilidad pública y se dispone la urgente ocupación de los bienes y derechos afectados por el proyecto de construcción del Plan de seguridad viaria de Galicia 2016-2020: mejora de la seguridad viaria en el entorno del tramo de concentración de accidentes en la carretera AC-550, punto kilométrico 80+400, con la clave AC/17/092.06, en el ayuntamiento de Porto do Son.

Antecedentes:

Primero. En fecha 21 de noviembre de 2017 se publicó en el Diario Oficial de Galicia (núm. 221) el Anuncio de 6 de noviembre de 2017 por el que se somete al trámite de información pública el proyecto de construcción del Plan de seguridad viaria de Galicia 2016-2020: mejora de la seguridad viaria en el entorno del tramo de concentración de accidentes en la carretera AC-550, p.k. 80+400, con la clave AC/17/092.06, así como la relación individual de bienes, derechos y propietarios afectados por el proyecto referenciado.

Segundo. Tras el análisis de las alegaciones, certificados e informes presentados, el 23 de marzo de 2018 se aprueba el expediente de información pública y definitivamente el proyecto de construcción del Plan de seguridad viaria de Galicia 2016-2020: mejora de la seguridad viaria en el entorno del tramo de concentración de accidentes en la carretera AC-550, p.k. 80+400, con la clave AC/17/092.06.

Este proyecto de construcción tiene por objeto la creación de una glorieta en el p.k. 80+400 con el cruce de la travesía de la Iglesia, transformando la intersección a nivel existente, de notable accidentalidad, e una glorieta con las características adecuadas, así como la urbanización de la zona comprendida entre el trazado de la carretera actual y el antiguo trazado de la AC-550 (espacio funcional de la carretera).

La competencia para la ejecución de la expropiación forzosa, en el ámbito de las carreteras no incorporadas a la red del Estado, con itinerarios que se desarrollen íntegramente en su territorio, corresponde a la Comunidad Autónoma de Galicia, al amparo del apartado dos del artículo 28 del Estatuto de autonomía de Galicia, aprobado por la Ley orgánica 1/1981, de 6 de abril.

Corresponde al Consello de la Xunta de Galicia, como órgano equivalente al Consejo de Ministros, en el ámbito de la Administración autonómica, el reconocimiento concreto de la utilidad pública y la declaración de la urgente ocupación de los bienes afectados por la expropiación a que da lugar la realización de la obra, según lo previsto en los artículos 10 y 52 de la Ley de 16 de diciembre de 1954, de expropiación forzosa.

En su virtud, a propuesta de la conselleira de Infraestructuras y Vivienda, y previa deliberación del Consello de la Xunta de Galicia, en su reunión del día doce de abril de dos mil dieciocho,

DISPONGO:

Artículo único. Declarar, en concreto, la utilidad pública y la necesidad de urgente ocupación, a efectos de expropiación forzosa, de los bienes y derechos que se concretan en el expediente administrativo instruido, así como en cualquiera de las modificaciones que sea necesario realizar para la ejecución del proyecto de construcción del Plan de seguridad viaria de Galicia 2016-2020: mejora de la seguridad viaria en el entorno del tramo de concentración de accidentes en la carretera AC-550, p.k. 80+400, con la clave AC/17/092.06.

Santiago de Compostela, doce de abril de dos mil dieciocho

Alberto Núñez Feijóo
Presidente

Ethel Mª Vázquez Mourelle
Conselleira de Infraestructuras y Vivienda