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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 80 Miércoles, 25 de abril de 2018 Pág. 22088

V. Administración de justicia

Tribunal Superior de Justicia de Galicia (Sala de lo Social)

EDICTO (RSU 4823/2017 CG).

María Isabel Freire Corzo, letrada de la Administración de justicia de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, hace saber que en el procedimiento de recurso de suplicación 4823/2017, seguido a instancia de Activa Mutua 2008, mutua de accidentes de trabajo y enfermerdades profesionales de la SS nº 3 contra Instituto Nacional de la Seguridad Social, Tesorería General de la Seguridad Social, Noa López Piñeiro, Choupana, S.C. sobre accidente de grado, se ha dictado auto cuya parte dispositiva dice:

La sala acuerda: que debe aclarar y aclara el fallo de la sentencia de esta Sala de lo Social de 16.3.2018, en el sentido de adicionar al mismo la condena de Activa Mutua 2008 a abonar al letrado de la parte demandante, impugnante del recurso, la cantidad de 601 € en concepto de honorarios.

Notifíquese a las partes advirtiéndoles que contra esta resolución no cabe recurso alguno. No obstante lo dicho en el párrafo anterior, en tanto ha de entenderse que este auto se integra en la resolución a la que aclara, corrige, subsana o complementa, el plazo para interponer el recurso que cupiera contra dicha resolución se reanuda a partir del momento en el que las partes sean notificadas de este auto. Si alguna de las partes interesadas en estas actuaciones hubiere ya presentado, preparado o anunciado el pertinente recurso contra la resolución aclarada, corregida, subsanada o complementada, su actuación se reputa válida a todos los efectos, sin perjuicio de que, a la vista de este auto, pueda completarla en el plazo que con él se abre.

Y para que sirva de notificación en legal forma a Choupana, S.C. con último domicilio conocido en Parque San Lázaro, 17, Ourense, y actualmente en ignorado paradero, expido el presente edicto para su inserción en el Diario Oficial de Galicia y se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

A Coruña, 27 de marzo de 2018

La letrada de la Administración de justicia