Procedimiento ordinario 342/2012
Procedimiento de origen: /
Sobre reclamación de cantidad
Demandante: María Concepción Candal Fernández
Procurador: Santiago López Sánchez
Abogada: Elvira Fuentes Macía
Demandado: Francisco Javier Ponte Seoane
En este órgano judicial se tramita procedimiento ordinario 342/2012, seguido a instancia de María Concepción Candal Fernández, contra Francisco Javier Ponte Seoane, y en fecha 6 de febrero de 2014 se dictó sentencia, cuyo encabezamiento y fallo es del tenor literal siguiente:
Sentencia.
En Betanzos a 6 de febrero de 2014.
Vistos por mí, Emma Mourenza Couto, jueza del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 4 de Betanzos y los de su partido judicial, los presentes autos de juicio verbal con número 342/2012 seguidos a instancia de María Concepción Candal Fernández representada por el procurador Sr. López Sánchez y bajo la dirección letrada de la Sra. Fuentes Macía, contra Francisco Javier Seoane Ponte en situación procesal de rebeldía.
Fallo:
Que debo estimar y estimo íntegramente la demanda interpuesta por la representación procesal de María Concepción Candal Fernández frente a Francisco Javier Ponte Seoane y, en consecuencia, debo condenar y condeno a este último a abonar a la actora la cantidad de 20.610 euros más el interés legal que aquella cantidad devengue desde la fecha de interposición de la demanda hasta su efectivo pago, y todo ello con imposición de las costas procesales.
Notifíquese la presente a las partes, haciéndoles saber que contra la misma cabe recurso de apelación que se interpondrá ante este juzgado en el plazo de veinte días a contar desde el siguiente a su notificación para ser resuelto por la Audiencia Provincial de A Coruña, siendo necesario que para ello se proceda a ingresar en la cuenta de depósitos y consignaciones de este juzgado el depósito establecido por la Ley orgánica 1/2009, de 3 de noviembre.
A fin de que sirva de notificación en forma a Francisco Javier Ponte Seoane, que se encuentra en ignorado paradero, expido, sello y firmo el presente edicto.
Betanzos, 14 de marzo de 2017
El/la letrado/a de la Administración de justicia