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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 21 Martes, 30 de enero de 2018 Pág. 6727

V. Administración de justicia

Juzgado de lo Social número 2 de A Coruña

EDICTO (DSP 408/2017).

Yo, María Adelaida Egurbide Margañón, letrada de la Administración de justicia del Juzgado de lo Social número 2 de A Coruña, hago saber que en el procedimiento de despido/ceses en general 408/2017 de este juzgado de lo social, seguido a instancia de Florinda Otero Mosquera contra Deus Creaciones, S.L. y otros, sobre extinción de contrato y cantidad y acumulada de despido, se ha dictado sentencia cuyo encabezamiento y fallo dicen:

«Sentencia.

A Coruña, 17 de noviembre de 2017.

Jorge Hay Alba, magistrado del Juzgado de lo Social número 2 de A Coruña, habiendo visto los presentes autos seguidos en este juzgado con el número 408/2017, sobre extinción de contrato y cantidad, y acumulado número 1024/2017, sobre despido, siendo parte en el mismo, de un lado como demandante Florinda Otero Mosquera, asistida por la letrada Yolanda Fraga Cores, en sustitución del letrado José Martín Fuentes Neave, y como demandados Deus Creaciones, S.L., Costura Invisible, S.L., Shivshi, S.L., Bendita Costura, S.L., Deus Deluxe, S.L., Pedracapela, S.L., Vainica Doble, S.L., Confecciones Deus, S.L., Confecciones Fraga, S.L., Confección Ideal, S.L., Plataforma Costurera, S.L., Perseo Textil, S.L., que no comparecen, Gaviota Textil XXI, S.L., representada por el letrado José Ramón Millán Cidón, con intervención procesal de Administración Concursal Confección Ideal, S.L., representada por la auxiliar delegada, letrada Cristina Suárez Gestal, Administración Concursal Confecciones Deus, S.L., Administración Concursal Deus Creaciones, S.L., Administración Concursal Costura Invisible, S.L., Administración Concursal Confecciones Fraga, S.L., Administración Concursal Plataforma Costurera, S.L., Administración Concursal Shivshi, S.L., Administración Concursal Gaviota Textil XXI, S.L. y Fogasa, que no comparecen, ha pronunciado en nombre del rey, la siguiente sentencia

Fallo:

Que, estimando las demandas acumuladas interpuestas por Florinda Otero Mosquera contra las entidades demandadas, debo declarar y declaro la improcedencia del despido y la extinción de la relación laboral en la fecha de la presente resolución, condenando a las demandadas Shivshi, S.L., Confecciones Deus, S.L., Bendita Costura, S.L., Confecciones Ideal, S.L., Deus Creaciones, S.L., Confecciones Fraga, S.L., Costura Invisible, S.L., Deus Deluxe, S.L., Gaviota Textil, S.L., Pedracapela, S.L., Perseo Textil, S.L., Plataforma Costurera, S.L. y Vainica Doble, S.L. al abono solidario de una indemnización de 32.173,76 € más 8.237,64 € por salarios de tramitación y 4.983,42 € por salarios debidos, más el 10 % de interés respecto de esta última cantidad.

Se absuelve a las restantes entidades y personas físicas demandadas.

Notifíquese esta resolución a las partes a las que se hará saber que contra la misma sólo cabe recurso de suplicación ante el Tribunal Superior de Justicia de Galicia, debiendo anunciarlo ante este juzgado en el plazo de cinco días a contar a partir de la notificación de esta sentencia, y en el propio término si el recurrente no goza del beneficio de justicia gratuita deberá al anunciar el recurso entregar resguardo acreditativo de haber consignado la cantidad objeto de condena en la cuenta de depósitos y consignaciones que este juzgado tiene abierta en Banco de Santander de esta ciudad.

E, igualmente, deberá en el momento de interponer el recurso consignar la suma de 300 euros en concepto de depósito especial para recurrir.

Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgando, lo pronuncio, mando y firmo».

Y para que sirva de notificación en legal forma a Deus Creaciones, S.L., Confección Ideal, S.L., Costura Invisible, S.L., Shivshi, S.L., Vainica Doble, S.L., Deus Deluxe, S.L., Confecciones Deus, S.L., Confecciones Fraga, S.L., Plataforma Costurera, S.L., Bendita Costura, S.L., Pedracapela, S.L., Gaviota Textil XXI, S.L. y Perseo Textil, S.L., expido la presente para su inserción en Diario Oficial de Galicia.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

A Coruña, 3 de enero de 2018

La letrada de la Administración de justicia